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Plan de igualdad
Documento del plan de igualdad de la empresa, negociado con la representación de la plantilla tras el diagnóstico de situación, con objetivos, medidas por áreas, calendario, seguimiento y registro. Obligatorio a partir de 50 personas trabajadoras.
- 1Elige el modelo
- 2Rellena el cuestionario
- 3Descarga en Word y PDF
- 4Si lo necesitas, consulta a un abogado
Normativa en la que se basa esta plantilla
- Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, arts. 45 a 49
- Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro
- Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres
- Estatuto de los Trabajadores (RDLeg. 2/2015), arts. 17, 28 y 85
- Real Decreto 713/2010, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo
¿Qué es un plan de igualdad?
Es un conjunto ordenado de medidas, adoptadas tras un diagnóstico de situación, para alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y eliminar la discriminación por razón de sexo (art. 46 de la Ley Orgánica 3/2007).
¿Qué empresas deben tenerlo?
- Las que tengan 50 o más personas trabajadoras.
- Las que lo exija su convenio colectivo.
- Las que lo acuerde la autoridad laboral en un procedimiento sancionador, en sustitución de sanciones accesorias.
- Las demás pueden elaborarlo voluntariamente, consultando a la representación legal.
¿Cómo se elabora?
- Se constituye una comisión negociadora paritaria con la representación legal de la plantilla (o, si no la hay, con los sindicatos más representativos y representativos del sector).
- Se negocia un diagnóstico sobre las nueve materias legales y la auditoría retributiva.
- Se acuerdan objetivos, medidas, indicadores, calendario y sistema de seguimiento.
- La negociación debe empezar en los tres meses siguientes a alcanzar la obligación y el plan aprobarse y presentarse a registro en el plazo máximo de un año.
¿Qué debe incluir?
- Partes que lo conciertan y ámbitos personal, territorial y temporal.
- Informe del diagnóstico y resultados de la auditoría retributiva.
- Objetivos cualitativos y cuantitativos.
- Medidas concretas, con plazo, prioridad e indicadores.
- Medios y recursos, calendario, sistema de seguimiento y evaluación, comisión de seguimiento y procedimiento de modificación.
¿Cuánto dura?
Lo que acuerden las partes, con un máximo de cuatro años. Debe revisarse antes si cambian sustancialmente la plantilla o la organización, si hay fusiones o transmisiones o si una sentencia condena a la empresa por discriminación.
¿Qué hay que hacer después?
- Registrar el plan en el REGCON de la autoridad laboral competente (es obligatorio, también para los planes voluntarios).
- Difundirlo a la plantilla y aplicar el calendario de medidas.
- Mantener el registro retributivo anual y reunir la comisión de seguimiento.
- Recuerda que, además, las empresas de más de 50 personas trabajadoras deben contar con medidas planificadas para la igualdad de las personas LGTBI (art. 15 de la Ley 4/2023, desarrollado por el Real Decreto 1026/2024).
Derecho aplicable
- Ley Orgánica 3/2007, arts. 45 a 49.
- Real Decreto 901/2020 (planes de igualdad y su registro).
- Real Decreto 902/2020 (igualdad retributiva, registro y auditoría retributiva). La Directiva (UE) 2023/970, de transparencia retributiva, debía transponerse antes del 7 de junio de 2026; a la fecha de este modelo España aún no la ha transpuesto (el Gobierno tramita una modificación de este real decreto), por lo que conviene comprobar si ya se ha publicado.
- Estatuto de los Trabajadores, arts. 17, 28 y 85.
- Real Decreto 713/2010 (registro de convenios y acuerdos colectivos).
Ayuda de un abogado
Si tienes dudas o tu caso tiene particularidades, puedes pedir que un abogado revise el documento o te asesore en el trámite. Al terminar de rellenar el modelo se te ofrecerá esta opción (desde 150 €, según la complejidad).
¿Cómo modificar el modelo?
Rellenas un cuestionario y el documento se va redactando ante tus ojos en función de tus respuestas. Al terminar lo descargas en Word y PDF, y puedes modificarlo y volver a utilizarlo cuantas veces quieras.
País: España
Otros modelos: Recursos humanos
- Acuerdo transaccional laboral
- Amonestación por escrito a un trabajador
- Anexo al contrato de trabajo: pacto de no competencia
- Carta de comunicación de traslado de centro de trabajo a un trabajador
- Carta de desistimiento del contrato de trabajo de un alto directivo
- Carta de despido de trabajador por cierre de empresa
- Carta de despido disciplinario
- Carta de despido objetivo
- Carta de extinción del contrato por jubilación, incapacidad o muerte del empleador
- Carta de inicio de periodo de consultas para el traslado de centro de trabajo de los trabajadores
- Carta de preaviso de la extinción de un contrato de sustitución
- Certificado laboral / de empresa
- Comunicación al empleado de la extinción de su contrato por no superar el periodo de prueba
- Comunicación de cambio de funciones del trabajador
- Comunicación de fin del plazo máximo de duración del contrato formativo (práctica profesional o formación en alternancia)
- Comunicación de inicio de ERE por causas objetivas
- Comunicación de inicio de ERE por cierre de empresa
- Comunicación de inicio de periodo de consultas por modificación sustancial de las condiciones de trabajo
- Comunicación de la extinción del contrato de trabajo por incapacidad permanente
- Comunicación de la modificación sustancial de las condiciones de trabajo