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Recursos humanos

Plan de igualdad

Documento del plan de igualdad de la empresa, negociado con la representación de la plantilla tras el diagnóstico de situación, con objetivos, medidas por áreas, calendario, seguimiento y registro. Obligatorio a partir de 50 personas trabajadoras.

Última revisión23/10/2026Versión1.0FormatosWord y PDFTamaño5 a 8 páginas
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    Normativa en la que se basa esta plantilla
    • Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, arts. 45 a 49
    • Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro
    • Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres
    • Estatuto de los Trabajadores (RDLeg. 2/2015), arts. 17, 28 y 85
    • Real Decreto 713/2010, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo

    ¿Qué es un plan de igualdad?

    Es un conjunto ordenado de medidas, adoptadas tras un diagnóstico de situación, para alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y eliminar la discriminación por razón de sexo (art. 46 de la Ley Orgánica 3/2007).

    ¿Qué empresas deben tenerlo?

    • Las que tengan 50 o más personas trabajadoras.
    • Las que lo exija su convenio colectivo.
    • Las que lo acuerde la autoridad laboral en un procedimiento sancionador, en sustitución de sanciones accesorias.
    • Las demás pueden elaborarlo voluntariamente, consultando a la representación legal.

    ¿Cómo se elabora?

    • Se constituye una comisión negociadora paritaria con la representación legal de la plantilla (o, si no la hay, con los sindicatos más representativos y representativos del sector).
    • Se negocia un diagnóstico sobre las nueve materias legales y la auditoría retributiva.
    • Se acuerdan objetivos, medidas, indicadores, calendario y sistema de seguimiento.
    • La negociación debe empezar en los tres meses siguientes a alcanzar la obligación y el plan aprobarse y presentarse a registro en el plazo máximo de un año.

    ¿Qué debe incluir?

    • Partes que lo conciertan y ámbitos personal, territorial y temporal.
    • Informe del diagnóstico y resultados de la auditoría retributiva.
    • Objetivos cualitativos y cuantitativos.
    • Medidas concretas, con plazo, prioridad e indicadores.
    • Medios y recursos, calendario, sistema de seguimiento y evaluación, comisión de seguimiento y procedimiento de modificación.

    ¿Cuánto dura?

    Lo que acuerden las partes, con un máximo de cuatro años. Debe revisarse antes si cambian sustancialmente la plantilla o la organización, si hay fusiones o transmisiones o si una sentencia condena a la empresa por discriminación.

    ¿Qué hay que hacer después?

    • Registrar el plan en el REGCON de la autoridad laboral competente (es obligatorio, también para los planes voluntarios).
    • Difundirlo a la plantilla y aplicar el calendario de medidas.
    • Mantener el registro retributivo anual y reunir la comisión de seguimiento.
    • Recuerda que, además, las empresas de más de 50 personas trabajadoras deben contar con medidas planificadas para la igualdad de las personas LGTBI (art. 15 de la Ley 4/2023, desarrollado por el Real Decreto 1026/2024).

    Derecho aplicable

    • Ley Orgánica 3/2007, arts. 45 a 49.
    • Real Decreto 901/2020 (planes de igualdad y su registro).
    • Real Decreto 902/2020 (igualdad retributiva, registro y auditoría retributiva). La Directiva (UE) 2023/970, de transparencia retributiva, debía transponerse antes del 7 de junio de 2026; a la fecha de este modelo España aún no la ha transpuesto (el Gobierno tramita una modificación de este real decreto), por lo que conviene comprobar si ya se ha publicado.
    • Estatuto de los Trabajadores, arts. 17, 28 y 85.
    • Real Decreto 713/2010 (registro de convenios y acuerdos colectivos).

    Ayuda de un abogado

    Si tienes dudas o tu caso tiene particularidades, puedes pedir que un abogado revise el documento o te asesore en el trámite. Al terminar de rellenar el modelo se te ofrecerá esta opción (desde 150 €, según la complejidad).

    ¿Cómo modificar el modelo?

    Rellenas un cuestionario y el documento se va redactando ante tus ojos en función de tus respuestas. Al terminar lo descargas en Word y PDF, y puedes modificarlo y volver a utilizarlo cuantas veces quieras.

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