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Comunicación de fin del plazo máximo de duración del contrato formativo (práctica profesional o formación en alternancia)
Para comunicar a la persona contratada en prácticas (práctica profesional) o para la formación (formación en alternancia) que su contrato termina por haber alcanzado su duración pactada o máxima, con la liquidación y, en su caso, el certificado de la práctica.
- 1Elige el modelo
- 2Rellena el cuestionario
- 3Descarga en Word y PDF
- 4Si lo necesitas, consulta a un abogado
Normativa en la que se basa esta plantilla
- Estatuto de los Trabajadores (RDLeg. 2/2015), arts. 11, 49.1.c) y 49.2
- Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre (nuevos contratos formativos)
¿Qué es esta comunicación?
Es la carta con la que la empresa avisa de que un contrato formativo termina por cumplirse su duración pactada o máxima. Desde la reforma laboral (Real Decreto-ley 32/2021) los antiguos contratos «en prácticas» y «para la formación y el aprendizaje» se sustituyeron por el contrato para la obtención de la práctica profesional y el contrato de formación en alternancia (art. 11 ET).
¿Cuánto pueden durar?
- Práctica profesional: entre seis meses y un año, dentro de los tres años siguientes a terminar los estudios (cinco si hay discapacidad).
- Formación en alternancia: entre tres meses y dos años.
- El convenio colectivo puede concretar la duración dentro de esos límites. Alcanzado el máximo, no cabe un nuevo contrato formativo de la misma modalidad por la misma formación.
¿Hay indemnización o preaviso?
- No hay indemnización por fin de contrato en los contratos formativos (art. 49.1.c ET).
- Si el contrato ha durado más de un año, hay que preavisar con 15 días.
- Siempre debe abonarse la liquidación.
¿Qué debe incluir?
- Los datos de la empresa y de la persona trabajadora.
- La modalidad del contrato, su fecha de inicio y la fecha de finalización.
- El motivo (duración máxima o pactada).
- La liquidación y, en el contrato de práctica profesional, el certificado del contenido de la práctica.
¿Qué hay que hacer después?
- Entregar la carta con constancia de recepción.
- Tramitar la baja en la Seguridad Social y el certificado de empresa: la persona puede solicitar la prestación por desempleo si reúne los requisitos.
- Si la empresa quiere mantener a la persona, puede contratarla como indefinida, con la posibilidad de aplicar las bonificaciones que estén vigentes.
Derecho aplicable
- Estatuto de los Trabajadores, art. 11 (contratos formativos), 49.1.c) y 49.2.
- Convenio colectivo aplicable (duración y condiciones de los contratos formativos).
Ayuda de un abogado
Si tienes dudas o tu caso tiene particularidades, puedes pedir que un abogado revise el documento o te asesore en el trámite. Al terminar de rellenar el modelo se te ofrecerá esta opción (desde 150 €, según la complejidad).
¿Cómo modificar el modelo?
Rellenas un cuestionario y el documento se va redactando ante tus ojos en función de tus respuestas. Al terminar lo descargas en Word y PDF, y puedes modificarlo y volver a utilizarlo cuantas veces quieras.
País: España
Otros modelos: Recursos humanos
- Acuerdo transaccional laboral
- Amonestación por escrito a un trabajador
- Anexo al contrato de trabajo: pacto de no competencia
- Carta de comunicación de traslado de centro de trabajo a un trabajador
- Carta de desistimiento del contrato de trabajo de un alto directivo
- Carta de despido de trabajador por cierre de empresa
- Carta de despido disciplinario
- Carta de despido objetivo
- Carta de extinción del contrato por jubilación, incapacidad o muerte del empleador
- Carta de inicio de periodo de consultas para el traslado de centro de trabajo de los trabajadores
- Carta de preaviso de la extinción de un contrato de sustitución
- Certificado laboral / de empresa
- Comunicación al empleado de la extinción de su contrato por no superar el periodo de prueba
- Comunicación de cambio de funciones del trabajador
- Comunicación de inicio de ERE por causas objetivas
- Comunicación de inicio de ERE por cierre de empresa
- Comunicación de inicio de periodo de consultas por modificación sustancial de las condiciones de trabajo
- Comunicación de la extinción del contrato de trabajo por incapacidad permanente
- Comunicación de la modificación sustancial de las condiciones de trabajo
- Comunicación de la no renovación de un contrato de trabajo temporal