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Carta de extinción del contrato por jubilación, incapacidad o muerte del empleador
Carta con la que el empresario individual (o sus herederos o representantes) comunica la extinción de los contratos por su jubilación, su incapacidad o su fallecimiento, cuando la actividad no continúa, con la indemnización de un mes de salario.
- 1Elige el modelo
- 2Rellena el cuestionario
- 3Descarga en Word y PDF
- 4Si lo necesitas, consulta a un abogado
Normativa en la que se basa esta plantilla
- Estatuto de los Trabajadores (RDLeg. 2/2015), arts. 44, 49.1.g) y 49.2
- Ley General de la Seguridad Social (RDLeg. 8/2015), art. 267 (situación legal de desempleo)
¿Qué es esta carta?
Es la comunicación con la que se extinguen los contratos de trabajo cuando el empresario individual (persona física) se jubila, queda incapacitado para continuar o fallece, y la actividad no continúa (art. 49.1.g ET). No es un despido disciplinario ni objetivo, sino una causa propia de extinción.
¿Qué requisitos tiene?
- Empresario persona física (autónomo). Para sociedades, la extinción de la personalidad jurídica sigue los trámites del despido colectivo u objetivo.
- Cese real y definitivo de la actividad: si alguien continúa el negocio (herederos, familiares, comprador), se produce una sucesión de empresa y los contratos continúan (art. 44 ET).
- En la jubilación, que sea efectiva y que la extinción se comunique en un plazo razonable.
- En la incapacidad, que esté acreditada e impida continuar la actividad.
¿Qué le corresponde a la persona trabajadora?
- Una indemnización de un mes de salario.
- La liquidación: salario pendiente, pagas extraordinarias y vacaciones no disfrutadas.
- El certificado de empresa: queda en situación legal de desempleo y puede pedir la prestación si reúne los requisitos.
¿Quién firma la carta?
- En la jubilación, el propio empresario.
- En la incapacidad, el empresario o, si no puede, su representante o la persona de apoyo designada.
- En el fallecimiento, los herederos (o el administrador de la herencia). Las deudas laborales del causante se pagan con cargo a la herencia.
¿Qué hay que hacer después?
- Entregar la carta con constancia de recepción y pagar la liquidación y la indemnización.
- Tramitar las bajas en la Seguridad Social y los certificados de empresa.
- Comunicar el cese de actividad a Hacienda (modelo censal) y, en su caso, a la Seguridad Social (baja en el RETA del empresario jubilado).
Derecho aplicable
- Estatuto de los Trabajadores, arts. 44 (sucesión de empresa), 49.1.g) y 49.2.
- Ley General de la Seguridad Social, art. 267 (situación legal de desempleo).
Ayuda de un abogado
Si tienes dudas o tu caso tiene particularidades, puedes pedir que un abogado revise el documento o te asesore en el trámite. Al terminar de rellenar el modelo se te ofrecerá esta opción (desde 150 €, según la complejidad).
¿Cómo modificar el modelo?
Rellenas un cuestionario y el documento se va redactando ante tus ojos en función de tus respuestas. Al terminar lo descargas en Word y PDF, y puedes modificarlo y volver a utilizarlo cuantas veces quieras.
País: España
Otros modelos: Recursos humanos
- Acuerdo transaccional laboral
- Amonestación por escrito a un trabajador
- Anexo al contrato de trabajo: pacto de no competencia
- Carta de comunicación de traslado de centro de trabajo a un trabajador
- Carta de desistimiento del contrato de trabajo de un alto directivo
- Carta de despido de trabajador por cierre de empresa
- Carta de despido disciplinario
- Carta de despido objetivo
- Carta de inicio de periodo de consultas para el traslado de centro de trabajo de los trabajadores
- Carta de preaviso de la extinción de un contrato de sustitución
- Certificado laboral / de empresa
- Comunicación al empleado de la extinción de su contrato por no superar el periodo de prueba
- Comunicación de cambio de funciones del trabajador
- Comunicación de fin del plazo máximo de duración del contrato formativo (práctica profesional o formación en alternancia)
- Comunicación de inicio de ERE por causas objetivas
- Comunicación de inicio de ERE por cierre de empresa
- Comunicación de inicio de periodo de consultas por modificación sustancial de las condiciones de trabajo
- Comunicación de la extinción del contrato de trabajo por incapacidad permanente
- Comunicación de la modificación sustancial de las condiciones de trabajo
- Comunicación de la no renovación de un contrato de trabajo temporal