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Recursos humanos

Plan de formación de la empresa

Para planificar la formación anual de la plantilla: necesidades detectadas, objetivos, acciones formativas, calendario, permiso retribuido de 20 horas, financiación a través de FUNDAE, información a la representación de los trabajadores y evaluación.

Última revisión23/10/2026Versión1.0FormatosWord y PDFTamaño2 a 4 páginas
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    Normativa en la que se basa esta plantilla
    • Real Decreto Legislativo 2/2015 (Estatuto de los Trabajadores), arts. 4.2.b, 23 y 64.5
    • Ley 30/2015, de 9 de septiembre, del Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral
    • Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, que desarrolla la Ley 30/2015
    • Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, art. 19
    • Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y Real Decreto 901/2020 (planes de igualdad)
    • Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y Ley Orgánica 3/2018

    ¿Qué es un plan de formación?

    Es el documento en el que la empresa planifica la formación que dará a su plantilla durante un periodo (normalmente un año): qué necesidades tiene, qué objetivos persigue, qué cursos organizará, cuándo y cómo se financiarán.

    No es obligatorio tenerlo por escrito, pero es muy recomendable: facilita el cumplimiento del derecho a la formación de las personas trabajadoras, la información a sus representantes y la bonificación de los cursos con el crédito de FUNDAE.

    ¿Qué debe incluir?

    • El diagnóstico de necesidades formativas.
    • Los objetivos medibles.
    • Las acciones formativas: contenido, modalidad, horas y destinatarios.
    • El calendario, el horario y el presupuesto.
    • La forma de evaluar los resultados.

    Derechos de las personas trabajadoras

    • 20 horas anuales de permiso retribuido para formación vinculada al puesto si tienen al menos un año de antigüedad, acumulables hasta 5 años (art. 23.3 ET).
    • La formación para adaptarse a cambios en su puesto es tiempo de trabajo y la paga la empresa.
    • La formación en prevención de riesgos es obligatoria y gratuita.

    ¿Hay que informar a los representantes?

    Sí. El comité de empresa o los delegados de personal tienen derecho a emitir un informe previo sobre los planes de formación (art. 64.5 ET). Si la formación se bonifica, hay que darles la información sobre las acciones antes de que empiecen; si discrepan, puede acudirse a mediación.

    ¿Cómo se financia?

    Todas las empresas que cotizan por formación profesional disponen de un crédito anual para formar a su plantilla, que se aplica como bonificación en las cotizaciones a la Seguridad Social. Se gestiona a través de la plataforma de FUNDAE, comunicando las acciones y los grupos antes de su inicio. Las empresas pueden gestionarlo directamente o a través de una entidad organizadora.

    Derecho aplicable

    Los artículos 4.2.b, 23 y 64.5 del Estatuto de los Trabajadores, la Ley 30/2015 del Sistema de Formación Profesional para el empleo y su reglamento (Real Decreto 694/2017), el artículo 19 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y, en su caso, el plan de igualdad de la empresa y el convenio colectivo.

    Ayuda de un abogado

    Si tienes dudas o tu caso tiene particularidades, puedes pedir que un abogado revise el documento o te asesore en el trámite. Al terminar de rellenar el modelo se te ofrecerá esta opción (desde 150 €, según la complejidad).

    ¿Cómo modificar el modelo?

    Rellenas un cuestionario y el documento se va redactando ante tus ojos en función de tus respuestas. Al terminar lo descargas en Word y PDF, y puedes modificarlo y volver a utilizarlo cuantas veces quieras.

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