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Comunicación de la no renovación de un contrato de trabajo temporal
Para comunicar a la persona trabajadora que su contrato de duración determinada no se prorrogará y terminará en la fecha prevista, con la indemnización de 12 días por año y la liquidación.
- 1Elige el modelo
- 2Rellena el cuestionario
- 3Descarga en Word y PDF
- 4Si lo necesitas, consulta a un abogado
Normativa en la que se basa esta plantilla
- Estatuto de los Trabajadores (RDLeg. 2/2015), arts. 15, 49.1.c) y 49.2
- Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre (reforma laboral)
¿Qué es esta comunicación?
Es la carta con la que la empresa denuncia un contrato temporal, es decir, avisa de que no lo prorrogará y de que terminará en la fecha prevista. Sin esa denuncia, si la persona sigue trabajando, el contrato se entiende prorrogado tácitamente por tiempo indefinido, salvo prueba de su naturaleza temporal (art. 49.1.c ET).
¿Qué contratos temporales existen hoy?
Tras la reforma laboral de 2021 solo hay dos contratos de duración determinada: el contrato por circunstancias de la producción (máximo seis meses, ampliable a un año por convenio sectorial, o hasta 90 días al año para situaciones ocasionales y previsibles) y el contrato de sustitución. Para este último, usa el modelo específico.
¿Hay indemnización y preaviso?
- Indemnización: 12 días de salario por año de servicio, en proporción al tiempo trabajado.
- Preaviso: obligatorio de 15 días si el contrato ha durado más de un año; en los demás casos conviene avisar con la mayor antelación posible.
- Liquidación: salario pendiente, pagas extraordinarias y vacaciones no disfrutadas.
¿Qué debe incluir?
- Los datos de la empresa y de la persona trabajadora.
- El contrato que termina y su fecha de inicio.
- La decisión de no prorrogarlo y la fecha de finalización.
- La indemnización y la propuesta de liquidación (art. 49.2 ET).
¿Qué hay que hacer después?
- Entregar la carta con constancia de recepción antes del último día.
- Tramitar la baja en la Seguridad Social y el certificado de empresa (la persona podrá pedir la prestación por desempleo).
- Si la persona considera que su contrato era en realidad indefinido, puede impugnar la extinción como despido en 20 días hábiles.
Derecho aplicable
- Estatuto de los Trabajadores, arts. 15 (contratos de duración determinada), 49.1.c) y 49.2.
- Convenio colectivo aplicable (duración máxima y preaviso).
Ayuda de un abogado
Si tienes dudas o tu caso tiene particularidades, puedes pedir que un abogado revise el documento o te asesore en el trámite. Al terminar de rellenar el modelo se te ofrecerá esta opción (desde 150 €, según la complejidad).
¿Cómo modificar el modelo?
Rellenas un cuestionario y el documento se va redactando ante tus ojos en función de tus respuestas. Al terminar lo descargas en Word y PDF, y puedes modificarlo y volver a utilizarlo cuantas veces quieras.
País: España
Otros modelos: Recursos humanos
- Acuerdo transaccional laboral
- Amonestación por escrito a un trabajador
- Anexo al contrato de trabajo: pacto de no competencia
- Carta de comunicación de traslado de centro de trabajo a un trabajador
- Carta de desistimiento del contrato de trabajo de un alto directivo
- Carta de despido de trabajador por cierre de empresa
- Carta de despido disciplinario
- Carta de despido objetivo
- Carta de extinción del contrato por jubilación, incapacidad o muerte del empleador
- Carta de inicio de periodo de consultas para el traslado de centro de trabajo de los trabajadores
- Carta de preaviso de la extinción de un contrato de sustitución
- Certificado laboral / de empresa
- Comunicación al empleado de la extinción de su contrato por no superar el periodo de prueba
- Comunicación de cambio de funciones del trabajador
- Comunicación de fin del plazo máximo de duración del contrato formativo (práctica profesional o formación en alternancia)
- Comunicación de inicio de ERE por causas objetivas
- Comunicación de inicio de ERE por cierre de empresa
- Comunicación de inicio de periodo de consultas por modificación sustancial de las condiciones de trabajo
- Comunicación de la extinción del contrato de trabajo por incapacidad permanente
- Comunicación de la modificación sustancial de las condiciones de trabajo