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Contrato de trabajo especial de deportista profesional
Para contratar como trabajador por cuenta ajena a un deportista profesional por un club o entidad deportiva, con duración determinada por temporadas, retribución y primas, derechos de imagen, cesiones y cláusula de rescisión.
- 1Elige el modelo
- 2Rellena el cuestionario
- 3Descarga en Word y PDF
- 4Si lo necesitas, consulta a un abogado
Normativa en la que se basa esta plantilla
- Real Decreto 1006/1985, de 26 de junio, relación laboral especial de los deportistas profesionales, arts. 1 a 21
- Real Decreto Legislativo 2/2015 (Estatuto de los Trabajadores), art. 2.1.d y normas de aplicación supletoria (art. 21 RD 1006/1985)
- Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte
- Ley Orgánica 11/2021, de lucha contra el dopaje en la actividad deportiva
- Ley Orgánica 1/1982 (derecho a la propia imagen), RGPD (art. 9, datos de salud) y Ley Orgánica 3/2018
- Ley 36/2011, reguladora de la jurisdicción social
¿Qué es el contrato de deportista profesional?
Es el contrato de la relación laboral especial de quienes se dedican voluntariamente a la práctica del deporte por cuenta y bajo la dirección de un club o entidad deportiva a cambio de una retribución (Real Decreto 1006/1985). No se aplica a quien solo recibe una compensación de gastos.
Siempre tiene duración determinada (por tiempo cierto o para una o varias temporadas o competiciones).
¿Qué debe incluir?
- La identificación de las partes y el deporte y la competición.
- La duración del contrato.
- La retribución con todos sus conceptos (fija, primas, variables) y la forma de pago.
- El régimen de los derechos de imagen.
- En su caso, el periodo de prueba (máximo 3 meses) y la cláusula de rescisión.
Cesiones y extinción
- Cesión temporal a otro club: solo con consentimiento del deportista, que cobra al menos el 15 % de lo que se pague por ella.
- Despido improcedente: al menos dos mensualidades por año de servicio.
- Ruptura por el deportista: indemnización pactada (cláusula de rescisión) o la que fije el juez; el nuevo club responde subsidiariamente si lo contrata en el año siguiente.
¿Qué hay que hacer después de firmar?
- Dar de alta al deportista en la Seguridad Social antes del inicio.
- Comunicar el contrato al Servicio Público de Empleo y, normalmente, registrarlo en la federación o liga para tramitar la licencia.
- Si el deportista es extranjero de fuera de la UE, tramitar la autorización de residencia y trabajo.
Derecho aplicable
El Real Decreto 1006/1985 (con sus modificaciones sobre conciliación, embarazo y adopción), el convenio colectivo del deporte correspondiente, la Ley 39/2022 del Deporte, la Ley Orgánica 11/2021 de lucha contra el dopaje y, supletoriamente, el Estatuto de los Trabajadores.
Ayuda de un abogado
Si tienes dudas o tu caso tiene particularidades, puedes pedir que un abogado revise el documento o te asesore en el trámite. Al terminar de rellenar el modelo se te ofrecerá esta opción (desde 150 €, según la complejidad).
¿Cómo modificar el modelo?
Rellenas un cuestionario y el documento se va redactando ante tus ojos en función de tus respuestas. Al terminar lo descargas en Word y PDF, y puedes modificarlo y volver a utilizarlo cuantas veces quieras.
País: España
Otros modelos: Recursos humanos
- Acuerdo transaccional laboral
- Amonestación por escrito a un trabajador
- Anexo al contrato de trabajo: pacto de no competencia
- Carta de comunicación de traslado de centro de trabajo a un trabajador
- Carta de desistimiento del contrato de trabajo de un alto directivo
- Carta de despido de trabajador por cierre de empresa
- Carta de despido disciplinario
- Carta de despido objetivo
- Carta de extinción del contrato por jubilación, incapacidad o muerte del empleador
- Carta de inicio de periodo de consultas para el traslado de centro de trabajo de los trabajadores
- Carta de preaviso de la extinción de un contrato de sustitución
- Certificado laboral / de empresa
- Comunicación al empleado de la extinción de su contrato por no superar el periodo de prueba
- Comunicación de cambio de funciones del trabajador
- Comunicación de fin del plazo máximo de duración del contrato formativo (práctica profesional o formación en alternancia)
- Comunicación de inicio de ERE por causas objetivas
- Comunicación de inicio de ERE por cierre de empresa
- Comunicación de inicio de periodo de consultas por modificación sustancial de las condiciones de trabajo
- Comunicación de la extinción del contrato de trabajo por incapacidad permanente
- Comunicación de la modificación sustancial de las condiciones de trabajo