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Recursos humanos

Contrato de trabajo especial de deportista profesional

Para contratar como trabajador por cuenta ajena a un deportista profesional por un club o entidad deportiva, con duración determinada por temporadas, retribución y primas, derechos de imagen, cesiones y cláusula de rescisión.

Última revisión23/10/2026Versión1.0FormatosWord y PDFTamaño3 a 4 páginas
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    Normativa en la que se basa esta plantilla
    • Real Decreto 1006/1985, de 26 de junio, relación laboral especial de los deportistas profesionales, arts. 1 a 21
    • Real Decreto Legislativo 2/2015 (Estatuto de los Trabajadores), art. 2.1.d y normas de aplicación supletoria (art. 21 RD 1006/1985)
    • Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte
    • Ley Orgánica 11/2021, de lucha contra el dopaje en la actividad deportiva
    • Ley Orgánica 1/1982 (derecho a la propia imagen), RGPD (art. 9, datos de salud) y Ley Orgánica 3/2018
    • Ley 36/2011, reguladora de la jurisdicción social

    ¿Qué es el contrato de deportista profesional?

    Es el contrato de la relación laboral especial de quienes se dedican voluntariamente a la práctica del deporte por cuenta y bajo la dirección de un club o entidad deportiva a cambio de una retribución (Real Decreto 1006/1985). No se aplica a quien solo recibe una compensación de gastos.

    Siempre tiene duración determinada (por tiempo cierto o para una o varias temporadas o competiciones).

    ¿Qué debe incluir?

    • La identificación de las partes y el deporte y la competición.
    • La duración del contrato.
    • La retribución con todos sus conceptos (fija, primas, variables) y la forma de pago.
    • El régimen de los derechos de imagen.
    • En su caso, el periodo de prueba (máximo 3 meses) y la cláusula de rescisión.

    Cesiones y extinción

    • Cesión temporal a otro club: solo con consentimiento del deportista, que cobra al menos el 15 % de lo que se pague por ella.
    • Despido improcedente: al menos dos mensualidades por año de servicio.
    • Ruptura por el deportista: indemnización pactada (cláusula de rescisión) o la que fije el juez; el nuevo club responde subsidiariamente si lo contrata en el año siguiente.

    ¿Qué hay que hacer después de firmar?

    • Dar de alta al deportista en la Seguridad Social antes del inicio.
    • Comunicar el contrato al Servicio Público de Empleo y, normalmente, registrarlo en la federación o liga para tramitar la licencia.
    • Si el deportista es extranjero de fuera de la UE, tramitar la autorización de residencia y trabajo.

    Derecho aplicable

    El Real Decreto 1006/1985 (con sus modificaciones sobre conciliación, embarazo y adopción), el convenio colectivo del deporte correspondiente, la Ley 39/2022 del Deporte, la Ley Orgánica 11/2021 de lucha contra el dopaje y, supletoriamente, el Estatuto de los Trabajadores.

    Ayuda de un abogado

    Si tienes dudas o tu caso tiene particularidades, puedes pedir que un abogado revise el documento o te asesore en el trámite. Al terminar de rellenar el modelo se te ofrecerá esta opción (desde 150 €, según la complejidad).

    ¿Cómo modificar el modelo?

    Rellenas un cuestionario y el documento se va redactando ante tus ojos en función de tus respuestas. Al terminar lo descargas en Word y PDF, y puedes modificarlo y volver a utilizarlo cuantas veces quieras.

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