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Trabajo

Solicitud de permiso por matrimonio o pareja de hecho

Para comunicar a la empresa el disfrute de los quince días naturales de permiso retribuido por matrimonio o por registro como pareja de hecho del art. 37.3.a) del Estatuto de los Trabajadores, con la posibilidad de unir a continuación las vacaciones.

Última revisión23/10/2026Versión1.0FormatosWord y PDFTamaño1 páginas
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    Normativa en la que se basa esta plantilla
    • Estatuto de los Trabajadores (RDLeg. 2/2015), art. 37.3.a), en la redacción del RDL 5/2023
    • Convenio colectivo aplicable

    ¿Qué es el permiso por matrimonio o pareja de hecho?

    El art. 37.3.a) del Estatuto de los Trabajadores concede quince días naturales de permiso retribuido por matrimonio o por registro de pareja de hecho (equiparación introducida por el RDL 5/2023). No exige antigüedad mínima.

    ¿Qué debe incluir la solicitud?

    • Tus datos y los de la empresa.
    • El motivo (boda o registro) y su fecha.
    • Las fechas de inicio y fin del permiso.
    • Si quieres, la petición de vacaciones a continuación.

    ¿Cuándo empieza y cómo se cuentan los días?

    Son días naturales y consecutivos. Como regla, empiezan el día del hecho causante o, si este cae en día no laborable, el primer día laborable siguiente, según la jurisprudencia del Tribunal Supremo. El convenio puede permitir disfrutarlos antes o después, o mejorar su duración.

    ¿Qué documentos hay que adjuntar?

    • Certificado de matrimonio o del registro de parejas de hecho (o el libro de familia).
    • Si se pide antes, documento que acredite la fecha prevista (por ejemplo, la cita del registro civil o del notario).

    ¿Se puede unir a las vacaciones?

    Sí, si se acuerda con la empresa: las vacaciones se fijan de común acuerdo según el convenio y el calendario de vacaciones (art. 38 ET). Si las vacaciones ya estaban fijadas y la boda coincide con ellas, consulta tu convenio sobre cómo se recuperan.

    Derecho aplicable

    • Estatuto de los Trabajadores, arts. 37.3.a) y 38.
    • El convenio colectivo aplicable.

    Ayuda de un abogado

    Si tienes dudas o tu caso tiene particularidades, puedes pedir que un abogado revise el documento o te asesore en el trámite. Al terminar de rellenar el modelo se te ofrecerá esta opción (desde 150 €, según la complejidad).

    ¿Cómo modificar el modelo?

    Rellenas un cuestionario y el documento se va redactando ante tus ojos en función de tus respuestas. Al terminar lo descargas en Word y PDF, y puedes modificarlo y volver a utilizarlo cuantas veces quieras.

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