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Trabajo

Carta de renuncia a un contrato o convenio de prácticas

Para que un estudiante o una persona en prácticas comunique a la empresa (y, en su caso, a su universidad o centro educativo) que abandona las prácticas académicas, las prácticas no laborales o el contrato formativo para la obtención de práctica profesional.

Última revisión23/10/2026Versión1.0FormatosWord y PDFTamaño1 páginas
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    Normativa en la que se basa esta plantilla
    • Real Decreto 592/2014, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios
    • Ley Orgánica 3/2022, de ordenación e integración de la Formación Profesional, y Real Decreto 659/2023
    • Real Decreto 1543/2011, por el que se regulan las prácticas no laborales en empresas
    • Estatuto de los Trabajadores (RDLeg. 2/2015), arts. 11.3 y 49.1.d)

    ¿Qué es esta carta?

    Es la comunicación por escrito con la que la persona en prácticas informa a la empresa, y en su caso a su universidad o centro, de que deja las prácticas antes de la fecha prevista. Deja constancia de la fecha y evita malentendidos sobre la asistencia y el certificado final.

    Tipos de prácticas

    • Prácticas académicas externas (universidad o FP): forman parte de la formación y se rigen por un convenio entre el centro y la empresa.
    • Prácticas no laborales para jóvenes titulados (RD 1543/2011): convenio con el servicio público de empleo y beca de apoyo.
    • Contrato formativo para la obtención de práctica profesional (art. 11.3 ET): es un contrato de trabajo; renunciar equivale a una dimisión.

    ¿Qué debe incluir?

    • Datos de la persona en prácticas y de la empresa.
    • Tipo de prácticas, fecha de inicio y, en su caso, centro educativo.
    • La decisión de renunciar y el último día de asistencia.
    • Opcionalmente, el motivo y la petición de certificado.

    ¿Hay que dar preaviso?

    En las prácticas académicas y no laborales, el preaviso depende del convenio de prácticas o del proyecto formativo; es buena práctica avisar con unos días de antelación. En el contrato formativo, rige el preaviso del convenio colectivo o del contrato; si no se respeta, la empresa puede descontar los días no preavisados del finiquito.

    ¿Qué hay que hacer después?

    • Informar al tutor académico o a la oficina de prácticas y completar sus formularios.
    • Devolver el material y las credenciales.
    • En el contrato formativo, revisar el finiquito y comprobar la baja en la Seguridad Social. En las prácticas académicas y no laborales, comprobar también la baja: desde el 1 de enero de 2024 las prácticas formativas están incluidas en la Seguridad Social.
    • Pedir el certificado de las prácticas realizadas.

    Derecho aplicable

    • Real Decreto 592/2014 (prácticas académicas externas universitarias).
    • Ley Orgánica 3/2022 y Real Decreto 659/2023 (formación profesional).
    • Real Decreto 1543/2011 (prácticas no laborales).
    • Estatuto de los Trabajadores, arts. 11.3 y 49.1.d).
    • Está en tramitación parlamentaria (desde marzo de 2026) el proyecto de Ley del Estatuto de las personas en formación práctica no laboral, que cambiará el régimen de las prácticas académicas y no laborales: comprueba si ya ha entrado en vigor.

    Ayuda de un abogado

    Si tienes dudas o tu caso tiene particularidades, puedes pedir que un abogado revise el documento o te asesore en el trámite. Al terminar de rellenar el modelo se te ofrecerá esta opción (desde 150 €, según la complejidad).

    ¿Cómo modificar el modelo?

    Rellenas un cuestionario y el documento se va redactando ante tus ojos en función de tus respuestas. Al terminar lo descargas en Word y PDF, y puedes modificarlo y volver a utilizarlo cuantas veces quieras.

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