Generador de documentos jurídicos
Contrato de trabajo para empleado del hogar o doméstico
Contrato de trabajo entre el titular de un hogar familiar y la persona que presta en él servicios domésticos (limpieza, cocina, cuidado de niños o mayores, jardinería, conducción…), interna o externa, a jornada completa, parcial o por horas, conforme al Real Decreto 1620/2011 y a sus reformas.
- 1Elige el modelo
- 2Rellena el cuestionario
- 3Descarga en Word y PDF
- 4Si lo necesitas, consulta a un abogado
Normativa en la que se basa esta plantilla
- Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre (relación laboral especial del servicio del hogar familiar), modificado por el Real Decreto-ley 16/2022
- Real Decreto 893/2024, de 10 de septiembre (protección de la seguridad y la salud en el servicio del hogar familiar)
- Estatuto de los Trabajadores (RDLeg. 2/2015), arts. 8, 14, 15, 37.3 y 49
- Real Decreto 126/2026 (salario mínimo interprofesional para 2026)
- Reglamento (UE) 2016/679 y Ley Orgánica 3/2018 (protección de datos)
¿Qué es el contrato de empleado del hogar?
Es el contrato de trabajo entre el titular de un hogar familiar y la persona que presta en él servicios domésticos a cambio de un salario: limpieza, cocina, cuidado de niños o de miembros de la familia, jardinería, conducción del vehículo familiar y otras tareas similares. Es una relación laboral especial regulada por el Real Decreto 1620/2011, profundamente reformado en 2022 para equiparar derechos (desempleo, extinción con causa, prevención de riesgos).
No se aplica cuando el servicio se contrata a través de una empresa o ETT, ni a los cuidados profesionales de dependencia prestados por instituciones.
¿Qué debe incluir?
- Datos de las partes y del hogar.
- Tareas, modalidad (interna o externa) y duración.
- Periodo de prueba (máximo dos meses).
- Jornada, horario, tiempos de presencia y descansos.
- Salario, pagas extraordinarias, salario en especie y forma de pago.
- Seguridad Social, prevención de riesgos, extinción y protección de datos.
Jornada, descansos y vacaciones
- Máximo 40 horas semanales de trabajo efectivo; los tiempos de presencia deben pactarse y, salvo compensación con descanso, no superar 20 horas semanales de promedio mensual.
- 12 horas de descanso entre jornadas (reducible a 10 en internas, compensando la diferencia) y 2 horas diarias para comidas en internas.
- 36 horas seguidas de descanso semanal.
- 30 días naturales de vacaciones al año y las fiestas laborales.
Salario y Seguridad Social
- Al menos el salario mínimo interprofesional en proporción a la jornada: en 2026, 1.221 € al mes en 14 pagas a jornada completa, o 9,55 € por hora efectiva para quien trabaja por horas en régimen externo.
- Dos pagas extraordinarias al año (o prorrateadas).
- El salario en especie (alojamiento, manutención) no puede superar el 30 % del total.
- El empleador debe dar de alta a la persona trabajadora antes de empezar y pagar todas las cotizaciones, incluidas las de desempleo.
¿Qué hay que hacer después de firmar?
- Inscribirse como empleador y tramitar el alta en la Seguridad Social (Importass o sede electrónica de la TGSS) antes del inicio.
- Hacer la evaluación de riesgos (herramienta gratuita del INSST).
- Entregar cada mes el recibo de salarios y conservar los justificantes de pago.
¿Cómo termina el contrato?
- Por dimisión de la persona trabajadora, con el preaviso pactado.
- Por las causas del art. 11.2 RD 1620/2011 (disminución de ingresos o aumento de gastos, cambio de necesidades familiares, pérdida de confianza), por escrito, con 12 días por año de indemnización y preaviso de 20 o 7 días.
- Por despido disciplinario u objetivo, o por las demás causas del art. 49 ET (incluida la muerte del empleador, con un mes de salario).
Derecho aplicable
- Real Decreto 1620/2011 (modificado por el Real Decreto-ley 16/2022).
- Real Decreto 893/2024 (prevención de riesgos en el hogar).
- Estatuto de los Trabajadores, de forma supletoria.
- Real Decreto 126/2026 (SMI 2026).
Ayuda de un abogado
Si tienes dudas o tu caso tiene particularidades, puedes pedir que un abogado revise el documento o te asesore en el trámite. Al terminar de rellenar el modelo se te ofrecerá esta opción (desde 150 €, según la complejidad).
¿Cómo modificar el modelo?
Rellenas un cuestionario y el documento se va redactando ante tus ojos en función de tus respuestas. Al terminar lo descargas en Word y PDF, y puedes modificarlo y volver a utilizarlo cuantas veces quieras.
País: España
Otros modelos: Trabajo
- Autorización de los padres o tutores para que un menor de edad trabaje
- Carta de dimisión de un alto directivo
- Carta de extinción del contrato de un empleado del hogar (antiguo desistimiento)
- Carta de la empresa extranjera autorizando el trabajo en remoto
- Carta de recomendación personal
- Carta de reconocimiento del carácter remoto de la actividad del trabajador
- Carta de renuncia a un contrato o convenio de prácticas
- Carta de renuncia voluntaria (dimisión) de un empleado del hogar
- Carta de solicitud de permiso por asuntos propios para empleados públicos
- Carta para comunicar la jubilación
- Comunicación al empleador del fin del contrato de trabajo durante el periodo de prueba
- Comunicación de finalización de un contrato de trabajo por movilidad geográfica
- Comunicación del fin del contrato de trabajo por modificación de las condiciones de trabajo
- Denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social
- Solicitud de adaptación de jornada o permiso para estudios, exámenes o cursos
- Solicitud de adaptación del puesto de trabajo
- Solicitud de ascenso de grupo profesional
- Solicitud de cambio de la retención de IRPF
- Solicitud de cambio en la jornada de un contrato de trabajo
- Solicitud de compensación de los gastos del teletrabajo