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Comunidad de propietarios

Solicitud de certificado de deudas con la comunidad de propietarios para compraventa

Escrito con el que el propietario que va a vender su piso o local pide al secretario o administrador de la comunidad el certificado sobre el estado de sus deudas, que debe aportarse en la escritura de compraventa (art. 9.1.e LPH).

Última revisión23/10/2026Versión1.0FormatosWord y PDFTamaño1 páginas
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    Normativa en la que se basa esta plantilla
    • Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal, art. 9.1.e) e i)

    ¿Para qué sirve esta solicitud?

    Para obtener el certificado de deudas con la comunidad que el vendedor debe aportar al notario. En la escritura el transmitente declara si está al corriente de los gastos de la comunidad o qué debe, y lo acredita con este certificado; sin él no puede otorgarse la escritura, salvo que el comprador le exima expresamente (art. 9.1.e LPH).

    ¿Quién lo expide y en qué plazo?

    Quien ejerza las funciones de secretario (a menudo el administrador de fincas), con el visto bueno del presidente, en un plazo máximo de siete días naturales desde la solicitud. Ambos responden de la exactitud de los datos y de los perjuicios por el retraso, si hay culpa o negligencia.

    ¿Qué debe incluir la solicitud?

    • Tus datos y el piso o local que se transmite.
    • La petición expresa del certificado y el plazo legal.
    • Si quieres, la fecha y notaría previstas y la petición de que figuren las derramas aprobadas pendientes.
    • La forma de entrega.

    ¿Por qué le interesa al comprador?

    Porque el comprador responde con el propio inmueble de las deudas de los anteriores propietarios correspondientes a la parte vencida del año de la compra y a los tres años naturales anteriores (art. 9.1.e LPH). Por eso es habitual retener del precio lo que se adeude.

    ¿Qué hacer después de vender?

    Comunicar el cambio de titularidad al secretario por un medio que deje constancia. Si no se comunica, el vendedor responde solidariamente con el comprador de las deudas que se generen después de la venta (art. 9.1.i LPH).

    Derecho aplicable

    Este modelo se basa en la siguiente normativa, en su redacción vigente:

    • Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal, art. 9.1.e) e i)

    Ayuda de un abogado

    Si tienes dudas o tu caso tiene particularidades, puedes pedir que un abogado revise el documento o te asesore en el trámite. Al terminar de rellenar el modelo se te ofrecerá esta opción (desde 150 €, según la complejidad).

    ¿Cómo modificar el modelo?

    Rellenas un cuestionario y el documento se va redactando ante tus ojos en función de tus respuestas. Al terminar lo descargas en Word y PDF, y puedes modificarlo y volver a utilizarlo cuantas veces quieras.

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