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Propiedad intelectual y tecnología

Contrato de housing de hardware

Contrato por el que un centro de datos aloja en sus instalaciones los servidores y equipos propiedad del cliente (housing o colocation), proporcionando espacio, energía, climatización, conectividad y seguridad física, con niveles de servicio, acceso a las instalaciones y retirada de los equipos al terminar.

Última revisión23/10/2026Versión1.0FormatosWord y PDFTamaño4 a 6 páginas
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    Normativa en la que se basa esta plantilla
    • Código Civil, arts. 1091, 1101, 1124, 1255, 1542 a 1582 (arrendamientos) y 1758 y siguientes (depósito)
    • Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y Ley Orgánica 3/2018
    • Ley 3/2004, de 29 de diciembre (morosidad en operaciones comerciales)
    • Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero (medios adecuados de solución de controversias)

    ¿Qué es un contrato de housing?

    Es el contrato por el que el titular de un centro de datos aloja en sus instalaciones los servidores y equipos propiedad del cliente, proporcionándole espacio, energía, climatización, conectividad y seguridad física. También se llama *colocation*.

    Se diferencia del hosting, en el que el proveedor pone sus propios servidores, y de los servicios en la nube, en los que el cliente usa recursos virtuales del proveedor.

    ¿Qué debe incluir?

    • El espacio (rack o unidades), la potencia eléctrica y la conectividad contratadas.
    • El inventario de los equipos del cliente.
    • Los niveles de servicio de energía y climatización y sus compensaciones.
    • Las reglas de acceso al centro de datos y las personas autorizadas.
    • Precio, duración, seguros, responsabilidad y retirada de los equipos.

    ¿Quién responde de los datos?

    En el housing el cliente gestiona sus equipos y sus datos; el proveedor, en principio, no accede a ellos y no es encargado del tratamiento. Si presta servicios de «manos remotas» que le permitan acceder a los datos, conviene firmar un acuerdo de encargo del tratamiento (art. 28 RGPD).

    ¿Qué hay que hacer después de firmar?

    • Firmar las actas de entrada de los equipos.
    • Comunicar las personas autorizadas y mantener la lista actualizada.
    • Asegurar los equipos y conservar copias de seguridad fuera del centro de datos.
    • Al terminar, firmar el acta de salida de los equipos.

    Derecho aplicable

    Es un contrato atípico que combina el arrendamiento de espacio y la prestación de servicios. Se rige por lo pactado (art. 1255 CC) y, supletoriamente, por las normas del Código Civil sobre arrendamiento de cosas y de servicios y sobre el depósito, además del RGPD y la Ley 3/2004 de morosidad.

    Ayuda de un abogado

    Si tienes dudas o tu caso tiene particularidades, puedes pedir que un abogado revise el documento o te asesore en el trámite. Al terminar de rellenar el modelo se te ofrecerá esta opción (desde 150 €, según la complejidad).

    ¿Cómo modificar el modelo?

    Rellenas un cuestionario y el documento se va redactando ante tus ojos en función de tus respuestas. Al terminar lo descargas en Word y PDF, y puedes modificarlo y volver a utilizarlo cuantas veces quieras.

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