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Contrato de cesión de patentes, modelos de utilidad y diseños industriales
Contrato de compraventa por el que el titular de una patente, un modelo de utilidad o un diseño industrial (o de su solicitud) transmite su titularidad a otra persona o empresa a cambio de un precio, para su posterior inscripción en la Oficina Española de Patentes y Marcas.
- 1Elige el modelo
- 2Rellena el cuestionario
- 3Descarga en Word y PDF
- 4Si lo necesitas, consulta a un abogado
Normativa en la que se basa esta plantilla
- Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes, arts. 82, 84, 85 y 86 (transferencias) y título sobre modelos de utilidad
- Ley 20/2003, de 7 de julio, de Protección Jurídica del Diseño Industrial
- Código Civil, arts. 1445 y siguientes (compraventa) y 1474 y siguientes (saneamiento)
- Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, arts. 5 a 7
- Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD)
¿Qué es un contrato de cesión de patente, modelo de utilidad o diseño?
Es la venta de un derecho de propiedad industrial: el titular deja de serlo y el comprador (cesionario) pasa a ser el nuevo titular, con todas sus facultades. Se puede ceder también una solicitud que todavía está en tramitación.
Si solo quieres autorizar a otro a explotar la invención y seguir siendo titular, lo adecuado es una licencia.
¿Qué debe incluir?
- Los datos del derecho: tipo, número, título, fecha y oficina.
- Las licencias o cargas existentes, que el comprador deberá respetar.
- El precio y la forma de pago.
- La entrega del know-how (conocimientos técnicos) y las garantías del cedente.
- Quién se encarga de la inscripción y paga sus tasas.
¿Qué responsabilidad tiene el cedente?
Salvo pacto, si resulta que el cedente no era titular o el derecho se anula, responde conforme al artículo 85 de la Ley de Patentes y a las reglas del saneamiento por evicción del Código Civil. Siempre responde si actuó de mala fe, que se presume si ocultó informes o resoluciones sobre la patentabilidad que conocía.
El cedente también responde solidariamente con el adquirente frente a terceros por los daños causados por defectos inherentes a la invención (art. 86 Ley de Patentes).
¿Hay que inscribir la cesión?
La cesión es válida entre las partes desde que se firma por escrito (art. 82 Ley de Patentes), pero solo se puede oponer a terceros de buena fe desde su inscripción. La inscripción se solicita ante la OEPM con el contrato o el certificado de transferencia y el pago de la tasa.
Las patentes europeas validadas en España y los diseños de la Unión Europea tienen sus propias reglas de inscripción ante la Oficina Europea de Patentes o la EUIPO.
¿Qué hay que hacer después de firmar?
- Pagar el precio y entregar la documentación técnica.
- Solicitar la inscripción de la cesión.
- Seguir pagando las anualidades o tasas de mantenimiento: si no se pagan, el derecho caduca.
- Liquidar los impuestos que procedan (IVA si el cedente es empresario o profesional).
Derecho aplicable
La Ley 24/2015, de Patentes (que también regula los modelos de utilidad), la Ley 20/2003, de Protección Jurídica del Diseño Industrial, el Código Civil y, para resolver discrepancias, la Ley Orgánica 1/2025.
Ayuda de un abogado
Si tienes dudas o tu caso tiene particularidades, puedes pedir que un abogado revise el documento o te asesore en el trámite. Al terminar de rellenar el modelo se te ofrecerá esta opción (desde 150 €, según la complejidad).
¿Cómo modificar el modelo?
Rellenas un cuestionario y el documento se va redactando ante tus ojos en función de tus respuestas. Al terminar lo descargas en Word y PDF, y puedes modificarlo y volver a utilizarlo cuantas veces quieras.
País: España
Otros modelos: Propiedad intelectual y tecnología
- Autorización para el uso de datos personales
- Autorización para el uso de imágenes
- Aviso legal y condiciones generales de uso
- Condiciones generales de venta
- Contrato de acceso a datos personales por cuenta de terceros (encargado del tratamiento)
- Contrato de cesión de datos personales a un tercero
- Contrato de cesión de derechos de autor
- Contrato de cesión de derechos de imagen
- Contrato de cesión de marcas y nombres comerciales
- Contrato de cesión de software
- Contrato de community mánager
- Contrato de composición musical para obras audiovisuales
- Contrato de desarrollo de software
- Contrato de edición literaria
- Contrato de edición musical
- Contrato de escrow de software
- Contrato de hosting o de almacenamiento de datos electrónicos
- Contrato de housing de hardware
- Contrato de influencer
- Contrato de licencia de uso de marca