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Actividad comercial

Recibo de entrega de bienes y servicios

Documento que acredita que se han entregado unos bienes o se ha prestado un servicio, en qué fecha y en qué estado, con la conformidad o las reservas de quien lo recibe.

Última revisión23/10/2026Versión1.0FormatosWord y PDFTamaño1 páginas
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    Normativa en la que se basa esta plantilla
    • Código Civil, arts. 1094, 1462 a 1466, 1484 a 1490 y 1544
    • Código de Comercio, arts. 336 y 342 (examen de las mercancías y reclamación por vicios)
    • Real Decreto Legislativo 1/2007, Texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, Libro II, Título IV, arts. 114 y siguientes (garantías y conformidad de los bienes)

    ¿Qué es un recibo de entrega?

    Es el documento que acredita la entrega de unos bienes o la prestación de un servicio: qué se entregó, cuándo, dónde y en qué estado. También se conoce como albarán firmado o acta de recepción. Sirve como prueba tanto para quien entrega (que cumplió) como para quien recibe (que recibió con incidencias, si las hubo).

    ¿Qué debe incluir?

    • Los datos de quien entrega y de quien recibe (y de la persona que firma, si no es el propio cliente).
    • La referencia del pedido, contrato o factura.
    • El detalle de lo entregado, con cantidades.
    • La fecha, hora y lugar de la entrega.
    • El estado: conforme, con reservas o pendiente de revisión.
    • La firma de ambas partes.

    ¿Firmo «conforme» o «pendiente de revisión»?

    Si puedes comprobar lo recibido en el momento, firma conforme o anota las reservas. Si recibes bultos cerrados o un servicio que necesita pruebas, firma «pendiente de revisión»: así tu firma solo acredita la recepción y no la conformidad.

    ¿Qué plazos hay para reclamar defectos?

    • Entre empresarios: las faltas de cantidad o defectos visibles en mercancías embaladas deben reclamarse en 4 días desde la recepción, y los vicios internos en 30 días (arts. 336 y 342 del Código de Comercio).
    • Compraventa civil: acción por vicios ocultos en 6 meses desde la entrega (art. 1490 del Código Civil).
    • Consumidores: el vendedor responde de la falta de conformidad de los bienes que se manifieste en 3 años desde la entrega (Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios).

    ¿Qué hacer después de firmarlo?

    • Cada parte guarda un ejemplar firmado.
    • Si hubo reservas, comunicarlas por escrito al proveedor y pedir la subsanación.
    • Archivarlo con el pedido y la factura: puede ser necesario para reclamar el pago o para una reclamación por defectos.

    Derecho aplicable

    Este modelo se basa en la siguiente normativa, en su redacción vigente:

    • Código Civil, arts. 1094, 1462 a 1466, 1484 a 1490 y 1544
    • Código de Comercio, arts. 336 y 342 (examen de las mercancías y reclamación por vicios)
    • Real Decreto Legislativo 1/2007, Texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, Libro II, Título IV, arts. 114 y siguientes (garantías y conformidad de los bienes)

    Ayuda de un abogado

    Si tienes dudas o tu caso tiene particularidades, puedes pedir que un abogado revise el documento o te asesore en el trámite. Al terminar de rellenar el modelo se te ofrecerá esta opción (desde 150 €, según la complejidad).

    ¿Cómo modificar el modelo?

    Rellenas un cuestionario y el documento se va redactando ante tus ojos en función de tus respuestas. Al terminar lo descargas en Word y PDF, y puedes modificarlo y volver a utilizarlo cuantas veces quieras.

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