← Todos los modelos

Actividad comercial

Acuerdo de coaching

Para formalizar un proceso de coaching personal, profesional o ejecutivo entre el coach y el cliente (y, si paga una empresa, también con ella): objetivos, número y formato de las sesiones, honorarios, cancelaciones, confidencialidad y sus límites, naturaleza no terapéutica del servicio, protección de datos y terminación.

Última revisión23/10/2026Versión1.0FormatosWord y PDFTamaño2 a 4 páginas
  1. 1Elige el modelo
  2. 2Rellena el cuestionario
  3. 3Descarga en Word y PDF
  4. 4Si lo necesitas, consulta a un abogado
    Normativa en la que se basa esta plantilla
    • Código Civil, arts. 1091, 1101, 1124, 1255 y 1544 (arrendamiento de servicios)
    • Real Decreto Legislativo 1/2007 (TRLGDCU), arts. 60, 62, 82 y ss. y 102 y ss. (si el cliente es consumidor)
    • Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD), arts. 6, 9 y 13, y Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD)
    • Ley 44/2003, de ordenación de las profesiones sanitarias (el coaching no es una actividad sanitaria)
    • Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, arts. 2 y 5 a 7

    ¿Qué es un acuerdo de coaching?

    Es el contrato de prestación de servicios que fija las reglas de un proceso de coaching: los objetivos, las sesiones, los honorarios, la confidencialidad y las responsabilidades de cada parte. Puede ser bilateral (coach y cliente) o tripartito, cuando lo paga una empresa para un empleado o directivo (coaching ejecutivo).

    ¿Qué debe incluir?

    • Los objetivos del proceso.
    • El número, duración, frecuencia y formato de las sesiones.
    • Los honorarios, la forma de pago y la política de cancelación.
    • La confidencialidad y sus límites, y qué información recibe la empresa si paga ella.
    • La aclaración de que el coaching no es terapia ni garantiza resultados.
    • La protección de datos y la terminación anticipada.

    ¿Está regulada la profesión de coach?

    No es una profesión regulada en España: no exige título oficial ni colegiación, aunque existen asociaciones privadas que acreditan a coaches. Precisamente por eso conviene dejar claro que el coaching no es una actividad sanitaria ni sustituye a la atención psicológica, que solo pueden prestar los profesionales sanitarios habilitados.

    ¿Qué derechos tiene el cliente particular?

    Si contrata como consumidor, tiene derecho a información clara sobre el precio y las condiciones y, si firma a distancia o fuera del local del coach, a desistir en 14 días. Las penalizaciones desproporcionadas por cancelar o la imposibilidad de recuperar lo pagado por sesiones no prestadas pueden ser cláusulas abusivas.

    ¿Qué hay que hacer después de firmarlo?

    • Entregar una copia firmada a cada parte (y a la empresa, si la hay).
    • Emitir la factura de los honorarios.
    • Programar las sesiones y revisar los objetivos a mitad del proceso.
    • Al terminar, destruir las notas que ya no sean necesarias.

    Derecho aplicable

    Código Civil (arrendamiento de servicios), Texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, RGPD y Ley Orgánica 3/2018 de protección de datos.

    Ayuda de un abogado

    Si tienes dudas o tu caso tiene particularidades, puedes pedir que un abogado revise el documento o te asesore en el trámite. Al terminar de rellenar el modelo se te ofrecerá esta opción (desde 150 €, según la complejidad).

    ¿Cómo modificar el modelo?

    Rellenas un cuestionario y el documento se va redactando ante tus ojos en función de tus respuestas. Al terminar lo descargas en Word y PDF, y puedes modificarlo y volver a utilizarlo cuantas veces quieras.

    Rellenar el modelo

    País: España

    Otros modelos: Actividad comercial

    Ver todos los modelos del generador

    Close Menu
    Llamar ahora