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Actividad comercial

Contrato de arrendamiento de bienes muebles

Para alquilar maquinaria, equipos, herramientas, mobiliario, material de eventos u otros bienes muebles a cambio de una renta, con fianza, mantenimiento, seguro y condiciones de devolución.

Última revisión23/10/2026Versión1.0FormatosWord y PDFTamaño3 a 4 páginas
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    Normativa en la que se basa esta plantilla
    • Código Civil, arts. 1542, 1543, 1546, 1554 a 1563, 1566 y 1124
    • Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, arts. 5 a 7 (medios adecuados de solución de controversias)
    • Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD)

    ¿Qué es un arrendamiento de bienes muebles?

    Es el contrato por el que una persona (el arrendador) cede a otra (el arrendatario) el uso de un bien mueble durante un tiempo determinado a cambio de un precio o renta (art. 1543 del Código Civil). Es habitual para maquinaria, herramientas, equipos informáticos, mobiliario, material de eventos o vehículos industriales.

    No debe confundirse con el *leasing* (arrendamiento financiero con opción de compra) ni con el *renting* ofrecido por entidades financieras, que tienen condiciones propias.

    ¿Qué debe incluir?

    • La identificación precisa de los bienes y su estado.
    • El uso y el lugar de utilización.
    • La renta, su periodicidad y la forma de pago.
    • La duración y, en su caso, la prórroga.
    • La fianza, el mantenimiento y el seguro.
    • Las condiciones de devolución.

    ¿Qué obligaciones tiene cada parte?

    • Arrendador: entregar el bien en estado de servir al uso pactado, hacer las reparaciones necesarias y garantizar el uso pacífico (art. 1554 CC).
    • Arrendatario: pagar la renta, usar el bien con diligencia y para el uso pactado (art. 1555 CC), y devolverlo como lo recibió salvo el desgaste normal (art. 1561 CC). Responde de los daños salvo que pruebe que no fue culpa suya (art. 1563 CC).

    ¿Qué hay que hacer después de firmarlo?

    Firmar el acta de entrega con el estado de los bienes (mejor con fotografías), contratar el seguro si así se ha pactado y conservar los justificantes de pago. Si el arrendador es empresario, emitirá factura con IVA.

    Derecho aplicable

    Los artículos 1542 a 1574 del Código Civil sobre el arrendamiento de cosas y, para la maquinaria de trabajo, la normativa de seguridad en el uso de equipos de trabajo (Real Decreto 1215/1997).

    Ayuda de un abogado

    Si tienes dudas o tu caso tiene particularidades, puedes pedir que un abogado revise el documento o te asesore en el trámite. Al terminar de rellenar el modelo se te ofrecerá esta opción (desde 150 €, según la complejidad).

    ¿Cómo modificar el modelo?

    Rellenas un cuestionario y el documento se va redactando ante tus ojos en función de tus respuestas. Al terminar lo descargas en Word y PDF, y puedes modificarlo y volver a utilizarlo cuantas veces quieras.

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