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Actividad comercial

Hoja de encargo de prestación de servicios de asesoría

Documento con el que un cliente encarga a un asesor (fiscal, contable, laboral, jurídico o de empresa) un trabajo concreto o un servicio periódico, fijando qué incluye, qué no, los honorarios y las condiciones de la relación.

Última revisión23/10/2026Versión1.0FormatosWord y PDFTamaño2 a 4 páginas
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  4. 4Si lo necesitas, consulta a un abogado
    Normativa en la que se basa esta plantilla
    • Código Civil, arts. 1254 a 1258, 1544 y 1583 y siguientes (arrendamiento de servicios)
    • Real Decreto Legislativo 1/2007, Texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (cuando el cliente es consumidor)
    • Real Decreto 135/2021, Estatuto General de la Abogacía Española, arts. 27 y 48 (si el asesor es abogado)
    • Ley 10/2010, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo
    • Ley 3/2004, de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, art. 4
    • Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD), arts. 6 y 28, y Ley Orgánica 3/2018
    • Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, arts. 5 a 7 (medios adecuados de solución de controversias)

    ¿Qué es una hoja de encargo de asesoría?

    Es el documento con el que un cliente contrata a un asesor (gestor, asesor fiscal, contable o laboral, abogado o consultor de empresa) y en el que se fija por escrito qué trabajo se encarga, qué queda fuera y cuánto cuesta.

    Jurídicamente es un contrato de arrendamiento de servicios (arts. 1544 y siguientes del Código Civil): el asesor se obliga a trabajar con diligencia, no a garantizar un resultado. Puede referirse a un trabajo puntual o a un servicio continuado con cuota mensual («iguala»).

    ¿Qué debe incluir?

    • Los datos del cliente y del asesor.
    • La descripción concreta de los servicios incluidos y de los excluidos (inspecciones, recursos, juicios…).
    • Los honorarios (precio cerrado, cuota mensual o por horas), los gastos aparte, el IVA y la forma y plazo de pago.
    • Las obligaciones de cada parte, en especial la entrega a tiempo de la documentación por el cliente.
    • La duración y la forma de terminar el encargo.
    • La protección de datos y, si el asesor maneja datos de terceros, la cláusula de encargado del tratamiento.

    ¿Hay normas especiales si el asesor es abogado o el cliente es un particular?

    Si el asesor es abogado, el Estatuto General de la Abogacía (RD 135/2021) le obliga a informar antes de empezar sobre la viabilidad del asunto y los honorarios, preferentemente mediante hoja de encargo, y la Ley Orgánica 5/2024, del Derecho de Defensa, refuerza el derecho del cliente a esa información.

    Si el cliente es un consumidor, se aplica además la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios: información clara del precio total y, si se contrata a distancia o fuera del despacho, 14 días naturales para desistir.

    ¿Cuánto dura y cómo se termina?

    El trabajo puntual termina al entregarse. El servicio continuado suele ser indefinido y cualquiera de las partes puede terminarlo con el preaviso pactado. Al terminar, el asesor debe devolver la documentación y facilitar el traspaso al nuevo profesional; el cliente debe pagar lo trabajado hasta ese momento.

    ¿Qué hay que hacer después de firmarla?

    • Firmar dos ejemplares (o firmar electrónicamente) y entregar uno al cliente.
    • Entregar al asesor la documentación de identificación que exija la normativa de prevención del blanqueo (Ley 10/2010) cuando sea sujeto obligado.
    • Si el asesor va a actuar ante Hacienda o la Seguridad Social en nombre del cliente, otorgar la representación correspondiente (apoderamiento o colaboración social).

    Derecho aplicable

    Código Civil (arts. 1544 y siguientes), Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios cuando el cliente es consumidor, Ley 3/2004 de morosidad en operaciones comerciales, Ley 10/2010 de prevención del blanqueo, RGPD y Ley Orgánica 3/2018 y, para abogados, el Estatuto General de la Abogacía y la Ley Orgánica 5/2024.

    Ayuda de un abogado

    Si tienes dudas o tu caso tiene particularidades, puedes pedir que un abogado revise el documento o te asesore en el trámite. Al terminar de rellenar el modelo se te ofrecerá esta opción (desde 150 €, según la complejidad).

    ¿Cómo modificar el modelo?

    Rellenas un cuestionario y el documento se va redactando ante tus ojos en función de tus respuestas. Al terminar lo descargas en Word y PDF, y puedes modificarlo y volver a utilizarlo cuantas veces quieras.

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