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Contrato de sincronización de obra musical
Licencia por la que el autor o el editor de una canción autoriza a una productora o anunciante a incorporarla a una película, serie, anuncio, videojuego o vídeo, fijando el uso permitido, el territorio, la duración y el precio.
- 1Elige el modelo
- 2Rellena el cuestionario
- 3Descarga en Word y PDF
- 4Si lo necesitas, consulta a un abogado
Normativa en la que se basa esta plantilla
- Real Decreto Legislativo 1/1996, texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual (TRLPI), arts. 14, 17, 18, 20, 21, 43 a 50 y 114 a 116
- Real Decreto-ley 24/2021, de 2 de noviembre (transposición de la Directiva (UE) 2019/790)
- Código Civil, arts. 1254 a 1258
- Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, arts. 2 y 5 a 7
- Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD)
¿Qué es un contrato de sincronización?
Es la licencia por la que el titular de una obra musical (el autor o, normalmente, su editorial) autoriza que se incorpore («sincronice») con imágenes: un anuncio, una película, una serie, un videojuego o un vídeo para redes.
Afecta a la composición y la letra. La grabación concreta pertenece a la discográfica y necesita una licencia distinta (licencia «master»).
¿Qué debe incluir?
- La obra, sus autores y el porcentaje de derechos que controla el licenciante.
- La producción y el tipo de uso (fondo, principal, cabecera…).
- Los medios, el territorio y la duración: lo que no se cede expresamente queda reservado al autor (art. 43 TRLPI).
- Si se permite editar la música y si hay exclusividad.
- El precio, los créditos y las garantías de titularidad.
¿Quién puede firmarlo?
El titular de los derechos de reproducción y transformación de la obra: el autor, si no los ha cedido, o el editor musical. Si la obra tiene varios autores o editores, cada uno debe licenciar su parte. Por el otro lado firma la productora, la agencia o el anunciante. La cesión debe constar por escrito (art. 45 TRLPI).
¿Y los derechos de autor por la emisión?
La licencia de sincronización no sustituye a los pagos por comunicación pública (emisión en televisión, cines, plataformas…), que gestionan entidades como SGAE y pagan normalmente quienes emiten. Por eso conviene entregar las hojas de música (cue sheets) de la producción.
¿Qué hay que hacer después de firmar?
- Pagar el precio: la licencia no surte efecto sin él.
- Obtener, si se usa una grabación existente, la licencia master de la discográfica.
- Guardar el contrato junto con el resto de licencias de la producción (lo exigen distribuidoras y aseguradoras).
- El licenciante debe facturar con IVA y declarar el ingreso.
Derecho aplicable
Texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual (arts. 14, 17, 18, 21 y 43 a 50 sobre derechos y cesión; arts. 114 a 116 sobre productores de fonogramas), con las reformas del Real Decreto-ley 24/2021, y el Código Civil.
Ayuda de un abogado
Si tienes dudas o tu caso tiene particularidades, puedes pedir que un abogado revise el documento o te asesore en el trámite. Al terminar de rellenar el modelo se te ofrecerá esta opción (desde 150 €, según la complejidad).
¿Cómo modificar el modelo?
Rellenas un cuestionario y el documento se va redactando ante tus ojos en función de tus respuestas. Al terminar lo descargas en Word y PDF, y puedes modificarlo y volver a utilizarlo cuantas veces quieras.
País: España
Otros modelos: Actividad comercial
- Acta de recepción de obra
- Acuerdo de coaching
- Acuerdo de inversión en una sociedad
- Acuerdo de referencia de clientes (comisión por recomendación)
- Carta comercial de pedido
- Carta de dimisión (renuncia) de un director de obra
- Carta de finalización de los servicios de un trabajador autónomo económicamente dependiente (TRADE)
- Carta de intenciones
- Contrato de actuación artística en conciertos y eventos
- Contrato de agencia (agente comercial)
- Contrato de aparcería
- Contrato de arrendamiento de bienes muebles
- Contrato de arrendamiento de obra entre empresas o profesionales
- Contrato de auditoría de cuentas
- Contrato de catering
- Contrato de cesión (transmisión) de licencia de taxi
- Contrato de colaboración externa (outsourcing)
- Contrato de comisión mercantil
- Contrato de compensación de deudas
- Contrato de compraventa de cartera de clientes