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Actividad comercial

Contrato de mantenimiento de piscinas

Para contratar el mantenimiento periódico de una piscina (particular, de comunidad de propietarios, de hotel, camping o instalación abierta al público): tratamiento y control del agua, limpieza, depuración, puesta en marcha e invernaje, registros sanitarios, productos químicos, precio, duración y responsabilidades.

Última revisión23/10/2026Versión1.0FormatosWord y PDFTamaño3 a 5 páginas
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    Normativa en la que se basa esta plantilla
    • Real Decreto 742/2013, de 27 de septiembre, criterios técnico-sanitarios de las piscinas, arts. 2 a 8, 10, 11, 13 y 14
    • Normativa autonómica sobre piscinas de uso colectivo o público (socorrismo, aforo, autorizaciones)
    • Reglamento (UE) 528/2012, relativo a los biocidas, y Reglamento (CE) 1272/2008 (CLP)
    • Código Civil, arts. 1091, 1101, 1124, 1255 y 1544
    • Real Decreto Legislativo 1/2007 (TRLGDCU), arts. 62, 82 y ss. y 102 y ss. (si el cliente es consumidor)
    • Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, art. 24, y Real Decreto 171/2004
    • Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, arts. 2 y 5 a 7
    • Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD)

    ¿Qué es un contrato de mantenimiento de piscinas?

    Es un contrato de prestación de servicios por el que una empresa o profesional se encarga de mantener el agua y los equipos de una piscina en condiciones de uso: control y tratamiento del agua, limpieza, depuración, puesta en marcha e invernaje.

    Sirve tanto para piscinas particulares como para las de comunidades de propietarios, hoteles, campings, gimnasios o instalaciones abiertas al público.

    ¿Qué obligaciones sanitarias hay?

    Dependen del tipo de piscina según el Real Decreto 742/2013:

    • Unifamiliares (tipo 3B): solo la obligación de investigar e informar de incidencias graves (ahogamientos, lesiones, intoxicaciones…).
    • Comunidades de propietarios y similares (tipo 3A): como mínimo, tratamiento del agua con productos autorizados, cumplimiento de los criterios de calidad del agua y del aire, gestión de incidencias e información a los usuarios (productos químicos, socorrista y normas de uso); el control periódico, su registro y el protocolo de autocontrol, solo si los exige la comunidad autónoma, que puede exigir más.
    • Uso público (tipos 1 y 2): todo el real decreto, incluido un protocolo de autocontrol, controles diarios y mensuales y personal acreditado.

    Además, las comunidades autónomas regulan el socorrismo, el aforo y la apertura de las piscinas de uso colectivo.

    ¿Qué debe incluir?

    • La identificación de la piscina y su tipo.
    • Los servicios y la frecuencia de las visitas, dentro y fuera de temporada.
    • Quién aporta y paga los productos químicos.
    • Las exclusiones (reparaciones, cambio de equipos) y cómo se presupuestan.
    • El precio, la duración, la prórroga y el preaviso.
    • La responsabilidad y el seguro del mantenedor.

    ¿Quién lo firma?

    El titular de la piscina. En una comunidad de propietarios lo firma el presidente, conforme al acuerdo de la junta, que normalmente aprueba el presupuesto anual. Si la empresa es una sociedad, firma su representante.

    ¿Qué hay que hacer después de firmarlo?

    • Entregar al mantenedor las llaves de la sala de máquinas y la documentación de los equipos.
    • En piscinas colectivas, comprobar que existe el libro de registro de controles y, si es exigible, el protocolo de autocontrol.
    • Revisar periódicamente los registros y las facturas, y comunicar el preaviso si no se quiere prorrogar.

    Derecho aplicable

    Real Decreto 742/2013 y normativa autonómica de piscinas; normativa de biocidas y productos químicos; Código Civil; normativa de consumidores si el cliente es un particular; y Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.

    Ayuda de un abogado

    Si tienes dudas o tu caso tiene particularidades, puedes pedir que un abogado revise el documento o te asesore en el trámite. Al terminar de rellenar el modelo se te ofrecerá esta opción (desde 150 €, según la complejidad).

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