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Empresa y sociedades

Acta del consejo de administración de una sociedad mercantil

Acta de una reunión del consejo de administración de una sociedad limitada o anónima: asistentes, constitución, orden del día, acuerdos (formulación de cuentas, convocatoria de junta, cargos, consejero delegado y otros) y votaciones.

Última revisión23/10/2026Versión1.0FormatosWord y PDFTamaño2 a 3 páginas
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    Normativa en la que se basa esta plantilla
    • Texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital (RDLeg. 1/2010), arts. 173, 176, 245 a 251 y 253
    • Reglamento del Registro Mercantil (RD 1784/1996), arts. 97 a 99 y 109
    • Estatutos sociales y, en su caso, reglamento del consejo de administración

    ¿Qué es el acta del consejo de administración?

    Es el documento que recoge lo tratado y acordado en una reunión del consejo de administración de una sociedad limitada o anónima. Sirve de prueba de los acuerdos y es la base para ejecutarlos, expedir certificaciones e inscribirlos en el Registro Mercantil.

    ¿Qué debe incluir?

    • Lugar, fecha y hora, y forma de convocatoria.
    • Consejeros presentes y representados, y declaración de constitución válida.
    • Orden del día, resumen de las intervenciones cuyo reflejo se pida y texto de los acuerdos con el resultado de las votaciones.
    • Firma del presidente y del secretario (art. 250 LSC y arts. 97 a 99 RRM).

    ¿Qué quórum y mayorías se aplican?

    • Constitución: en la S.A., la mayoría de los vocales presentes o representados (art. 247.2 LSC); en la S.L., el número previsto en los estatutos, con un mínimo de la mayoría de los vocales (art. 247.1).
    • Acuerdos: mayoría absoluta de los consejeros concurrentes, salvo especialidades estatutarias en la S.L. (art. 248).
    • Delegación permanente de facultades y nombramiento de consejero delegado: dos tercios de los miembros del consejo (art. 249).

    ¿Qué facultades no se pueden delegar?

    El consejo no puede delegar, entre otras, la formulación de las cuentas anuales y su presentación a la junta, la convocatoria de la junta y la preparación del orden del día, la supervisión de los órganos delegados ni las facultades que la junta le haya delegado sin autorización para subdelegarlas (art. 249 bis LSC).

    ¿Qué hay que hacer después?

    • Transcribir el acta al libro de actas del consejo.
    • Expedir certificación de los acuerdos inscribibles y elevarlos a público ante notario.
    • Inscribir nombramientos, delegaciones y poderes en el Registro Mercantil.
    • Los acuerdos del consejo pueden impugnarse en los plazos del artículo 251 LSC; conserva toda la documentación.

    Derecho aplicable

    Este modelo se basa en la siguiente normativa, en su redacción vigente:

    • Texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital (RDLeg. 1/2010), arts. 173, 176, 245 a 251 y 253
    • Reglamento del Registro Mercantil (RD 1784/1996), arts. 97 a 99 y 109
    • Estatutos sociales y, en su caso, reglamento del consejo de administración

    Ayuda de un abogado

    Si tienes dudas o tu caso tiene particularidades, puedes pedir que un abogado revise el documento o te asesore en el trámite. Al terminar de rellenar el modelo se te ofrecerá esta opción (desde 150 €, según la complejidad).

    ¿Cómo modificar el modelo?

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