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Vida diaria

Reclamación por una estafa con criptomonedas

Para reclamar al exchange o plataforma de criptoactivos, al propio banco o a la supuesta empresa de inversión tras sufrir una estafa con criptomonedas: pide el bloqueo de los fondos, la conservación de los datos para la investigación y la devolución de lo perdido.

Última revisión23/10/2026Versión1.0FormatosWord y PDFTamaño2 páginas
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  4. 4Si lo necesitas, consulta a un abogado
    Normativa en la que se basa esta plantilla
    • Código Penal, arts. 248 y 249 (estafa)
    • Real Decreto-ley 19/2018, de servicios de pago, arts. 43 a 46 (operaciones de pago no autorizadas)
    • Reglamento (UE) 2023/1114, relativo a los mercados de criptoactivos (MiCA)
    • Ley 6/2023, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión
    • Ley 10/2010, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo
    • Código Civil, arts. 1101 y 1902

    ¿Para qué sirve esta reclamación?

    Para pedir por escrito, a la entidad por la que pasó tu dinero, que bloquee los fondos, conserve los datos de los estafadores para la investigación y, cuando proceda, te devuelva lo perdido. También deja constancia de la fecha en que avisaste, algo clave para la responsabilidad de la entidad.

    ¿A quién conviene dirigirla?

    • A tu banco, si el dinero salió por transferencia o tarjeta. Si las operaciones no las autorizaste tú, debe devolverte el importe salvo que pruebe fraude o negligencia grave por tu parte (arts. 45 y 46 del Real Decreto-ley 19/2018).
    • Al exchange o plataforma de criptoactivos que recibió los fondos o en la que tienes cuenta: puede bloquearlos y conoce la identidad de sus clientes.
    • A la propia empresa de inversión solo si es identificable; normalmente es preferible centrarse en la denuncia.

    ¿Qué debe incluir?

    • Tus datos y, si lo tienes, tu número de cliente.
    • Un relato breve del engaño.
    • La lista de operaciones: fechas, importes, cuentas o monederos de destino y hash de las transacciones.
    • Los datos de la denuncia.
    • Las peticiones concretas: bloqueo, conservación de datos y devolución.

    ¿Qué hay que hacer después?

    • Guardar todas las pruebas (capturas, correos, webs, números de teléfono).
    • Si la entidad no responde o rechaza la reclamación, acudir al Banco de España (bancos y entidades de pago) o a la CNMV (proveedores de servicios de criptoactivos), y valorar acciones judiciales con un abogado.
    • Desconfiar de quien te ofrezca recuperar el dinero a cambio de un pago por adelantado.

    Derecho aplicable

    • Código Penal, arts. 248 y 249 (estafa).
    • Real Decreto-ley 19/2018, de servicios de pago, arts. 43 a 46.
    • Reglamento (UE) 2023/1114 (MiCA) y Ley 6/2023, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión.
    • Ley 10/2010, de prevención del blanqueo de capitales.

    Ayuda de un abogado

    Si tienes dudas o tu caso tiene particularidades, puedes pedir que un abogado revise el documento o te asesore en el trámite. Al terminar de rellenar el modelo se te ofrecerá esta opción (desde 150 €, según la complejidad).

    ¿Cómo modificar el modelo?

    Rellenas un cuestionario y el documento se va redactando ante tus ojos en función de tus respuestas. Al terminar lo descargas en Word y PDF, y puedes modificarlo y volver a utilizarlo cuantas veces quieras.

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