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Contrato de donación de dinero
Para dejar constancia por escrito de que una persona regala una cantidad de dinero a otra (por ejemplo, de padres a hijos para comprar una vivienda) y de su aceptación, con las cláusulas sobre finalidad, colación en la herencia e impuesto de donaciones.
- 1Elige el modelo
- 2Rellena el cuestionario
- 3Descarga en Word y PDF
- 4Si lo necesitas, consulta a un abogado
Normativa en la que se basa esta plantilla
- Código Civil, arts. 618 a 656 (en especial 623, 624, 629, 630, 632, 634, 636, 644 y 648), 819, 1035 a 1037 y 1378
- Ley 29/1987, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, arts. 3.1.b), 5.b), 20 a 22, 24 y 31
- Real Decreto 1629/1991 (Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones), art. 67
- Ley 22/2009, de financiación de las comunidades autónomas, arts. 32 y 48 (normativa y bonificaciones autonómicas)
- Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, arts. 2 y 5 a 7
- Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD)
¿Qué es una donación de dinero?
Es el acto por el que una persona (el donante) entrega gratuitamente una cantidad de dinero a otra (el donatario), que la acepta (art. 618 del Código Civil). Es frecuente entre padres e hijos, por ejemplo para ayudar a comprar una vivienda.
La donación de dinero puede hacerse verbalmente si se entrega en el mismo momento; si no, debe hacerse por escrito y la aceptación también debe constar por escrito (art. 632 CC). Por eso este documento recoge tanto la donación como la aceptación.
¿Es obligatoria la escritura pública?
Para el Código Civil, no: basta el documento privado. Pero es muy recomendable acudir al notario, porque:
- Muchas comunidades autónomas (por ejemplo, la Comunidad de Madrid, Andalucía o la Comunitat Valenciana) aplican bonificaciones de hasta el 99 % de la cuota para donaciones entre padres e hijos, abuelos y nietos o cónyuges, normalmente solo si la donación consta en escritura pública y se acredita el origen y el medio de pago (transferencia).
- Da fecha cierta y prueba plena de la donación frente a Hacienda y frente a los demás herederos.
Comprueba siempre los requisitos vigentes de tu comunidad autónoma antes de firmar.
¿Qué debe incluir?
- Los datos del donante (y de su cónyuge, si el dinero es ganancial) y del donatario.
- La cantidad donada y la forma de entrega (transferencia, con indicación de las cuentas).
- La aceptación expresa del donatario.
- La finalidad, si se quiere hacer constar (por ejemplo, la compra de la vivienda habitual).
- Si la donación a un hijo se tendrá en cuenta o no en el reparto de la herencia (colación).
¿Qué impuestos se pagan?
- El donatario paga el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Se presenta en la comunidad autónoma de residencia habitual del donatario (aquella en la que haya residido más días en los cinco años anteriores), con el modelo 651 o el autonómico, en el plazo de 30 días hábiles desde la donación (algunas comunidades fijan un mes).
- La cuantía depende mucho de la comunidad autónoma y del parentesco: para cónyuges, descendientes y ascendientes suele haber bonificaciones elevadas; para hermanos, sobrinos o extraños el impuesto puede ser alto.
- El donante no paga IRPF por donar dinero.
¿Qué hay que hacer después de firmar?
- Firmar todas las páginas de cada ejemplar y guardar el justificante de la transferencia.
- Pedir cita en la notaría para elevar la donación a escritura pública si se quieren aplicar las bonificaciones autonómicas.
- Presentar el Impuesto sobre Donaciones (modelo 651 o autonómico) en el plazo legal, aunque la cuota resulte cero por la bonificación.
- Si el dinero se destina a comprar una vivienda, conservar la relación entre la donación y la compra (fechas, transferencias y escritura), porque algunas reducciones exigen comprar en un plazo determinado.
Derecho aplicable
- Código Civil, arts. 618 a 656 (donación), 1035 a 1037 (colación) y 1378 (bienes gananciales).
- Ley 29/1987 y Real Decreto 1629/1991 (Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones).
- Normativa de la comunidad autónoma de residencia del donatario (reducciones y bonificaciones).
- Las comunidades con Derecho civil propio (Cataluña, Navarra, Aragón, Galicia, País Vasco, Baleares) tienen reglas específicas sobre donaciones y legítimas.
Ayuda de un abogado
Si tienes dudas o tu caso tiene particularidades, puedes pedir que un abogado revise el documento o te asesore en el trámite. Al terminar de rellenar el modelo se te ofrecerá esta opción (desde 150 €, según la complejidad).
¿Cómo modificar el modelo?
Rellenas un cuestionario y el documento se va redactando ante tus ojos en función de tus respuestas. Al terminar lo descargas en Word y PDF, y puedes modificarlo y volver a utilizarlo cuantas veces quieras.
País: España
Otros modelos: Contratos
- Reconocimiento de deuda
- Contrato de arrendamiento de vivienda
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- Acuerdo de confidencialidad
- Acta de entrega de llaves e inventario de la vivienda alquilada
- Acuerdo de colaboración entre profesionales o autónomos
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- Contrato de alquiler de vehículo entre particulares
- Contrato de arras para la compraventa de un inmueble
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