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Contrato de comodato (préstamo de uso gratuito)
Para dejar gratis a otra persona el uso de una vivienda, un local, un vehículo u otro bien durante un tiempo o para un uso concreto, con la obligación de devolverlo. Fija el uso permitido, los gastos, la conservación y la devolución.
- 1Elige el modelo
- 2Rellena el cuestionario
- 3Descarga en Word y PDF
- 4Si lo necesitas, consulta a un abogado
Normativa en la que se basa esta plantilla
- Código Civil, arts. 1740 a 1752 (comodato) y 1750 (precario)
- Ley 35/2006, del IRPF, art. 85 (imputación de rentas inmobiliarias)
- Real Decreto Legislativo 6/2015 (Ley sobre Tráfico), art. 11 (identificación del conductor)
- Real Decreto Legislativo 2/2004 (texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales), art. 94 (sujeto pasivo del IVTM)
- Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, arts. 2 y 5 a 7
- Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD)
¿Qué es un comodato?
Es un préstamo de uso gratuito: una persona (el comodante) entrega a otra (el comodatario) un bien que no se consume con el uso —una vivienda, un local, un coche, una máquina— para que lo utilice durante un tiempo o para un fin concreto y después lo devuelva (arts. 1740 y 1741 del Código Civil).
Se diferencia del arrendamiento en que no se paga nada: si hay renta, es un alquiler. Y se diferencia del préstamo de dinero en que se devuelve el mismo bien, no otro equivalente.
Si no se fija plazo ni uso concreto, se llama precario y el propietario puede reclamar el bien cuando quiera (art. 1750 CC).
¿Qué debe incluir?
- Los datos del comodante y del comodatario.
- La identificación del bien y, si es útil, un inventario de su estado.
- El uso permitido.
- La duración (fecha, uso concreto o precario).
- Quién paga los gastos (ordinarios, extraordinarios, suministros, seguro).
- Las condiciones de devolución y responsabilidad por daños.
¿Puede el propietario recuperar el bien antes de tiempo?
Sí, si tiene urgente necesidad del bien (art. 1749 CC) o si el comodatario incumple el contrato (por ejemplo, lo usa para otro fin o lo cede a terceros). En el precario puede reclamarlo en cualquier momento. Si el comodatario no devuelve una vivienda o local, se puede acudir al desahucio por precario o a la acción correspondiente, previo intento de negociación según la Ley Orgánica 1/2025.
¿Tiene consecuencias fiscales?
El comodato, al ser gratuito, no genera renta para el propietario. Pero si cedes un inmueble que no es tu vivienda habitual, sigues debiendo declarar en el IRPF la imputación de rentas inmobiliarias (art. 85 de la Ley del IRPF). Si se pactara algún pago por el uso, sería un alquiler y tributaría como tal.
¿Qué hay que hacer después de firmar?
- Firmar todas las páginas de cada ejemplar y hacer fotografías del estado del bien en el momento de la entrega.
- Entregar las llaves o el bien y, si es un vehículo, la documentación (permiso de circulación, ficha técnica y póliza de seguro).
- Si es un vehículo, comprobar con la aseguradora que el comodatario está cubierto como conductor.
- Si es una vivienda, decidir a nombre de quién quedan los suministros.
- El comodato no se inscribe en ningún registro ni se presenta ante Hacienda, salvo que se eleve a escritura pública.
Derecho aplicable
- Código Civil, arts. 1740 a 1752.
- Ley de Enjuiciamiento Civil, art. 250.1.2.º (desahucio por precario).
- Ley 35/2006, del IRPF, art. 85.
- Texto refundido de la Ley sobre Tráfico (vehículos), art. 11.
- Ley Orgánica 1/2025 (medios adecuados de solución de controversias).
Ayuda de un abogado
Si tienes dudas o tu caso tiene particularidades, puedes pedir que un abogado revise el documento o te asesore en el trámite. Al terminar de rellenar el modelo se te ofrecerá esta opción (desde 150 €, según la complejidad).
¿Cómo modificar el modelo?
Rellenas un cuestionario y el documento se va redactando ante tus ojos en función de tus respuestas. Al terminar lo descargas en Word y PDF, y puedes modificarlo y volver a utilizarlo cuantas veces quieras.
País: España
Otros modelos: Contratos
- Reconocimiento de deuda
- Contrato de arrendamiento de vivienda
- Contrato de prestación de servicios
- Contrato de compraventa
- Acuerdo de confidencialidad
- Acta de entrega de llaves e inventario de la vivienda alquilada
- Acuerdo de colaboración entre profesionales o autónomos
- Comunicación de no renovación o desistimiento del contrato de alquiler de vivienda
- Contrato de alquiler de vehículo entre particulares
- Contrato de arras para la compraventa de un inmueble
- Contrato de arrendamiento de habitación en vivienda compartida
- Contrato de arrendamiento de local de negocio (uso distinto de vivienda)
- Contrato de arrendamiento de plaza de garaje
- Contrato de arrendamiento de trastero
- Contrato de arrendamiento de vivienda de temporada (vivienda temporal)
- Contrato de arrendamiento rústico
- Contrato de cesión de crédito o de derechos de reclamación
- Contrato de donación de dinero
- Contrato de mandato (encargo de gestión)
- Contrato de obra o reforma con contratista