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Administrativo

Solicitud de devolución de cantidades de la declaración del IRPF

Para pedir a la Agencia Tributaria que pague la devolución que resultó de tu declaración de la renta cuando han pasado más de seis meses sin recibirla, cuando no pudo ingresarse por un error en la cuenta o cuando te la pagaron tarde sin intereses de demora.

Última revisión23/10/2026Versión1.0FormatosWord y PDFTamaño1 a 2 páginas
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  4. 4Si lo necesitas, consulta a un abogado
    Normativa en la que se basa esta plantilla
    • Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, art. 103 (apartados 1 a 3)
    • Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, arts. 26, 31, 34 y 46
    • Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio (Reglamento general de gestión e inspección tributaria), arts. 122 a 125

    ¿Para qué sirve esta solicitud?

    Para reclamar a la Agencia Tributaria la devolución que te salió en la declaración de la renta cuando tarda demasiado, cuando no pudo ingresarse por un error en la cuenta o cuando te la pagaron tarde sin intereses.

    No sirve para corregir errores de la declaración: para eso se presenta una autoliquidación rectificativa con el propio modelo 100.

    ¿Cuánto tiempo tiene Hacienda para devolver?

    Seis meses desde el fin del plazo de la campaña (normalmente el 30 de junio, por lo que el límite suele ser el 31 de diciembre) o desde la presentación, si fue fuera de plazo (art. 103 Ley del IRPF).

    Pasado ese plazo por causa imputable a la Administración, se devengan intereses de demora sin necesidad de pedirlos (art. 31.2 LGT).

    ¿Qué debe incluir?

    • Tus datos y, en conjunta, los del otro miembro de la unidad familiar.
    • El ejercicio, la fecha de presentación, el justificante y el importe a devolver.
    • Lo que ha ocurrido (retraso, cuenta errónea, falta de intereses).
    • La cuenta bancaria (IBAN) en la que quieres cobrar.

    ¿Dónde se presenta?

    En la sede electrónica de la Agencia Tributaria (presentación de escritos o aportación de documentación vinculada a tu declaración), en sus oficinas con cita previa o en cualquier registro público. Guarda el justificante de presentación.

    ¿Qué puedo hacer si no responden?

    • Presentar una queja ante el Consejo para la Defensa del Contribuyente.
    • Si te deniegan la devolución o los intereses, recurrir en reposición o ante el Tribunal Económico-Administrativo en el plazo de un mes.

    Derecho aplicable

    • Ley 35/2006, del IRPF, art. 103.
    • Ley 58/2003, General Tributaria, arts. 26, 31 y 34.
    • Real Decreto 1065/2007 (Reglamento de gestión e inspección), arts. 122 a 125.

    Ayuda de un abogado

    Si tienes dudas o tu caso tiene particularidades, puedes pedir que un abogado revise el documento o te asesore en el trámite. Al terminar de rellenar el modelo se te ofrecerá esta opción (desde 150 €, según la complejidad).

    ¿Cómo modificar el modelo?

    Rellenas un cuestionario y el documento se va redactando ante tus ojos en función de tus respuestas. Al terminar lo descargas en Word y PDF, y puedes modificarlo y volver a utilizarlo cuantas veces quieras.

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