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Administrativo

Alegaciones a una denuncia de tráfico e identificación del conductor

Para defenderte de una multa de tráfico (DGT o ayuntamiento) en los 20 días naturales siguientes a su notificación y, si eres el titular pero no conducías, identificar al conductor.

Última revisión23/10/2026Versión1.0FormatosWord y PDFTamaño2 a 3 páginas
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    Normativa en la que se basa esta plantilla
    • Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, arts. 11, 57, 77, 87 a 95 y 112
    • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, arts. 5, 14, 53 y 77
    • Constitución Española, art. 24.2 (presunción de inocencia)

    ¿Qué son las alegaciones a una denuncia de tráfico?

    Es el escrito con el que te defiendes de una multa de tráfico antes de que se dicte la sanción. Al recibir la notificación de la denuncia, tienes 20 días naturales para presentar alegaciones y proponer pruebas, pagar con descuento o, si eres el titular y no conducías, identificar al conductor (arts. 94 y 95 del RDLeg 6/2015).

    Sirve para multas de la DGT, de la Policía Local (ayuntamientos) y de las comunidades con competencias en tráfico (Cataluña y País Vasco), con las particularidades de su normativa.

    ¿Qué opciones tengo al recibir la denuncia?

    • Pagar con un 50 % de descuento en 20 días naturales: se acaba el procedimiento y renuncias a alegar (art. 94). Los puntos se pierden igualmente.
    • Presentar alegaciones en 20 días naturales: no tendrás el descuento si después se te sanciona.
    • Identificar al conductor, si eres el titular y no conducías (obligatorio).
    • No hacer nada: en muchos casos la denuncia surte efecto de resolución sancionadora al cabo de 30 días naturales desde la notificación (art. 95.4), sin descuento; solo cabrá recurrirla.

    ¿Qué debe incluir el escrito?

    • Tus datos y el número de expediente o boletín de denuncia.
    • La identificación del conductor, si procede (nombre, DNI y número de permiso).
    • Las alegaciones: por qué la denuncia no es correcta.
    • Las pruebas que propones o pides (fotografías, certificado del radar, ratificación del agente).
    • Lugar, fecha y firma.

    ¿Quién puede presentarlo y dónde?

    La persona denunciada o el titular del vehículo, por sí o mediante representante. No hace falta abogado.

    Se presenta en la sede electrónica de la DGT o del ayuntamiento, en cualquier registro público, en una oficina de Correos o en la propia Jefatura de Tráfico. Las empresas titulares de vehículos deben hacerlo electrónicamente.

    ¿Qué documentos hay que adjuntar?

    • Copia de la notificación de la denuncia.
    • Las pruebas de las que dispongas: fotografías, testigos, tickets, partes de taller, etc.
    • Si identificas a un conductor con permiso extranjero, copia de ese permiso.
    • Si actúa un representante, el documento que acredita la representación.

    ¿Qué pasa después?

    El instructor puede pedir informe al agente y practicar pruebas, y después se dicta la resolución sancionadora o el archivo. Contra la sanción cabe recurso potestativo de reposición en un mes (art. 96) o recurso contencioso-administrativo en dos meses.

    El procedimiento caduca si no se dicta resolución en un año desde su inicio, y las infracciones prescriben a los tres meses (leves) o seis meses (graves y muy graves) sin actuaciones notificadas (art. 112).

    Derecho aplicable

    Este modelo se basa en la siguiente normativa, en su redacción vigente:

    • Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, arts. 11, 57, 77, 87 a 95 y 112
    • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, arts. 5, 14, 53 y 77
    • Constitución Española, art. 24.2 (presunción de inocencia)

    Ayuda de un abogado

    Si tienes dudas o tu caso tiene particularidades, puedes pedir que un abogado revise el documento o te asesore en el trámite. Al terminar de rellenar el modelo se te ofrecerá esta opción (desde 150 €, según la complejidad).

    ¿Cómo modificar el modelo?

    Rellenas un cuestionario y el documento se va redactando ante tus ojos en función de tus respuestas. Al terminar lo descargas en Word y PDF, y puedes modificarlo y volver a utilizarlo cuantas veces quieras.

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