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Administrativo

Escrito de agilización de un expediente administrativo

Para pedir a una Administración que impulse y resuelva un expediente que lleva tiempo paralizado (licencia, ayuda, subvención, certificado, prestación…), conocer su estado y recordarle su obligación de resolver en plazo.

Última revisión23/10/2026Versión1.0FormatosWord y PDFTamaño1 a 3 páginas
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    Normativa en la que se basa esta plantilla
    • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, arts. 20, 21, 24, 29, 53.1.a) y 71
    • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, art. 3
    • Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, art. 46 (recurso contencioso-administrativo)

    ¿Qué es un escrito de agilización?

    Es un escrito con el que la persona interesada pide a la Administración que mueva un expediente parado y lo resuelva cuanto antes. Recuerda a la Administración su obligación legal de resolver en plazo e impulsar el procedimiento de oficio, y deja constancia por escrito del retraso.

    No es un recurso, pero es un paso útil antes de quejarse ante el Defensor del Pueblo o de acudir a los tribunales.

    ¿Qué debe incluir?

    • Datos de quien presenta el escrito y del expediente.
    • Fecha de la solicitud y plazo legal para resolver.
    • Últimas actuaciones y reclamaciones previas.
    • Perjuicios y razones de urgencia.
    • La petición de impulso, información del estado y, si interesa, copia del expediente.

    ¿Cuándo presentarlo?

    Cuando el expediente lleve tiempo sin moverse, aunque no haya vencido el plazo, y sobre todo cuando ya haya vencido. Si ha vencido, comprueba el sentido del silencio: si es positivo, la solicitud se entiende estimada y puedes pedir el certificado de silencio; si es negativo, puedes recurrir.

    ¿Dónde se presenta?

    En la sede electrónica de la Administración que tramita el expediente o en cualquier registro público (art. 16.4 Ley 39/2015). Las empresas deben presentarlo electrónicamente. Guarda siempre el justificante de registro.

    ¿Qué hacer si sigue sin resolverse?

    • Presentar una queja en el servicio de quejas y sugerencias de la Administración.
    • Acudir al Defensor del Pueblo o al defensor autonómico.
    • Si el silencio es negativo, recurrir en vía administrativa o contencioso-administrativa.
    • Si el retraso te ha causado daños económicos, valorar una reclamación de responsabilidad patrimonial.

    Derecho aplicable

    Ley 39/2015 (arts. 20, 21, 24, 29, 53 y 71) y Ley 40/2015 (art. 3).

    Ayuda de un abogado

    Si tienes dudas o tu caso tiene particularidades, puedes pedir que un abogado revise el documento o te asesore en el trámite. Al terminar de rellenar el modelo se te ofrecerá esta opción (desde 150 €, según la complejidad).

    ¿Cómo modificar el modelo?

    Rellenas un cuestionario y el documento se va redactando ante tus ojos en función de tus respuestas. Al terminar lo descargas en Word y PDF, y puedes modificarlo y volver a utilizarlo cuantas veces quieras.

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