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Administrativo

Escrito de alegaciones adicionales en una solicitud de protección internacional

Para completar una solicitud de asilo o protección subsidiaria ya presentada: explicar hechos nuevos u omitidos en la entrevista, aportar documentos o pruebas y pedir que se tengan en cuenta antes de resolver.

Última revisión23/10/2026Versión1.0FormatosWord y PDFTamaño1 a 3 páginas
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    Normativa en la que se basa esta plantilla
    • Constitución Española, art. 13.4
    • Reglamento (UE) 2024/1348, de procedimiento común de protección internacional (aplicable a las solicitudes presentadas desde el 12 de junio de 2026)
    • Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria, arts. 3, 4, 10, 17, 18 y 24 (en lo compatible con el Derecho de la Unión)
    • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, arts. 53, 76 y 82
    • Instrucción de 11 de junio de 2026, de la Subsecretaría del Ministerio del Interior (BOE-A-2026-12855)

    ¿Qué es este escrito?

    Es un escrito con el que la persona que ha pedido protección internacional completa su solicitud mientras se tramita: añade hechos nuevos, aclara lo que no pudo explicar en la entrevista o aporta documentos (denuncias, informes médicos, noticias, informes de país…).

    Es muy útil cuando la entrevista fue breve, sin intérprete adecuado, o cuando la situación en el país de origen ha empeorado.

    ¿Qué debe incluir?

    • Datos de la persona solicitante y número de expediente.
    • Relato claro y ordenado de los hechos nuevos u omitidos (fechas, lugares, autores).
    • Explicación de por qué no se contaron antes, si es el caso.
    • El motivo de protección (persecución o riesgo de daños graves) y la vulnerabilidad, si existe.
    • Peticiones concretas (nueva entrevista, prueba) y lista de documentos.

    ¿Cuándo se presenta?

    En cualquier momento antes de que se resuelva la solicitud, y lo antes posible. Si te notifican un trámite de audiencia o un requerimiento de información, dentro del plazo que te indiquen.

    Con el Pacto Europeo de Migración y Asilo (aplicable desde el 12 de junio de 2026) los plazos de tramitación son mucho más cortos, sobre todo en los procedimientos acelerado y en frontera: no esperes.

    ¿Quién puede presentarlo y dónde?

    La propia persona solicitante o su representante (normalmente su abogado/a). Se dirige a la Oficina de Asilo y Refugio y se presenta por el registro electrónico, en cualquier registro público o en la oficina donde se tramite la solicitud (art. 16.4 Ley 39/2015).

    Tienes derecho a asistencia jurídica, gratuita si no tienes recursos (art. 16 de la Ley 12/2009); en frontera es obligatoria.

    ¿Qué documentos hay que adjuntar?

    • Copia del documento de solicitante o resguardo de la solicitud.
    • Las pruebas de los hechos, traducidas si están en otro idioma.
    • Informes médicos o psicológicos, si los hay.
    • Documento de representación, si firma otra persona.

    ¿Qué pasa después?

    La Administración incorporará el escrito al expediente y lo valorará al resolver. Puede citarte a una nueva entrevista. Si deniega la protección, la resolución indicará los recursos y plazos: desde el 12 de junio de 2026 el recurso es judicial y los plazos son muy breves (entre cinco y diez días o entre dos semanas y un mes, según los casos), así que acude enseguida a un abogado.

    Derecho aplicable

    Reglamento (UE) 2024/1348 (procedimiento) y Reglamento (UE) 2024/1347 (requisitos), aplicables desde el 12 de junio de 2026; Ley 12/2009 en lo que sea compatible; Ley 39/2015 de forma supletoria; Instrucción de la Subsecretaría del Ministerio del Interior de 11 de junio de 2026.

    Ayuda de un abogado

    Si tienes dudas o tu caso tiene particularidades, puedes pedir que un abogado revise el documento o te asesore en el trámite. Al terminar de rellenar el modelo se te ofrecerá esta opción (desde 150 €, según la complejidad).

    ¿Cómo modificar el modelo?

    Rellenas un cuestionario y el documento se va redactando ante tus ojos en función de tus respuestas. Al terminar lo descargas en Word y PDF, y puedes modificarlo y volver a utilizarlo cuantas veces quieras.

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