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Demanda de juicio verbal de reclamación de cantidad
Para reclamar judicialmente una deuda de dinero de hasta 15.000 € (facturas, préstamos, servicios impagados), con la acreditación del intento previo de negociación que exige la Ley Orgánica 1/2025.
- 1Elige el modelo
- 2Rellena el cuestionario
- 3Descarga en Word y PDF
- 4Si lo necesitas, consulta a un abogado
Normativa en la que se basa esta plantilla
- Ley de Enjuiciamiento Civil, arts. 23, 31, 50, 250.2, 253, 264.4.º, 399, 437 y 438
- Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, arts. 5 a 7 (actividad negociadora previa)
- Código Civil, arts. 1088, 1091, 1100, 1101 y 1108
¿Qué es una demanda de juicio verbal de reclamación de cantidad?
Es el escrito con el que se pide al tribunal que condene a otra persona o empresa a pagar una deuda de dinero. Se tramita por el juicio verbal cuando la cantidad reclamada no supera los 15.000 € (art. 250.2 LEC).
Si la deuda está documentada (facturas, albaranes, un reconocimiento de deuda…), también puedes usar el proceso monitorio, que no tiene límite de cuantía.
¿Qué debe incluir?
- Los datos del demandante y del demandado, y el tribunal al que se dirige.
- Los hechos: el origen de la deuda, su importe y la fecha en que debió pagarse.
- La acreditación del intento previo de negociación exigido desde 2025 (burofax, mediación, conciliación…).
- Los fundamentos de derecho procesales y de fondo.
- Lo que se pide al tribunal (suplico): el pago del principal, los intereses y las costas.
¿Necesito abogado y procurador?
No, si reclamas 2.000 € o menos: puedes presentar la demanda tú mismo (arts. 23 y 31 LEC). Por encima de esa cantidad son obligatorios ambos profesionales.
¿Qué documentos debo adjuntar?
- El documento que acredita el intento de negociación previo (burofax con certificación de texto y acuse de recibo, acta de mediación o de conciliación…).
- Los documentos que prueban la deuda (contrato, facturas, presupuesto aceptado, mensajes, justificantes de transferencia).
- Si actúas con profesionales, el poder del procurador.
- Una copia de la demanda y de los documentos para el demandado.
¿Dónde y cuándo se presenta?
En el Tribunal de Instancia (Sección Civil) del domicilio del demandado. Si no ha contestado a tu propuesta de negociación, espera 30 días desde que la recibió. La acción para reclamar deudas personales prescribe, con carácter general, a los cinco años (art. 1964.2 del Código Civil).
Derecho aplicable
Este modelo se basa en la siguiente normativa, en su redacción vigente:
- Ley de Enjuiciamiento Civil, arts. 23, 31, 50, 250.2, 253, 264.4.º, 399, 437 y 438
- Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, arts. 5 a 7 (actividad negociadora previa)
- Código Civil, arts. 1088, 1091, 1100, 1101 y 1108
Ayuda de un abogado
Si tienes dudas o tu caso tiene particularidades, puedes pedir que un abogado revise el documento o te asesore en el trámite. Al terminar de rellenar el modelo se te ofrecerá esta opción (desde 150 €, según la complejidad).
¿Cómo modificar el modelo?
Rellenas un cuestionario y el documento se va redactando ante tus ojos en función de tus respuestas. Al terminar lo descargas en Word y PDF, y puedes modificarlo y volver a utilizarlo cuantas veces quieras.
País: España
Otros modelos: Procesal civil
- Comunicación a los acreedores de su obligación de comunicar su crédito por declaración de concurso
- Comunicación de créditos por el acreedor
- Contestación a la demanda de juicio verbal
- Demanda de desahucio por falta de pago con reclamación de rentas
- Demanda de juicio ordinario de reclamación de cantidad
- Escrito de oposición al proceso monitorio
- Petición inicial de proceso monitorio
- Recurso de apelación civil (escrito de interposición)
- Recurso de reposición civil
- Requerimiento y propuesta de negociación previa (MASC)
- Solicitud de acto de conciliación
- Solicitud de archivo de proceso monitorio tras pago de la deuda