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Asociaciones

Convocatoria a la asamblea general de un club deportivo

Documento con el que la presidencia o la junta directiva de un club deportivo convoca a los socios a la asamblea general ordinaria o extraordinaria, con fecha, hora, lugar, orden del día, documentación disponible y reglas de voto.

Última revisión23/10/2026Versión1.0FormatosWord y PDFTamaño1 páginas
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    Normativa en la que se basa esta plantilla
    • Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, arts. 11 y 12 (aplicación supletoria)
    • Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte (entidades deportivas)
    • Ley autonómica del deporte y normativa de entidades deportivas que corresponda
    • Estatutos del club

    ¿Qué es la convocatoria de la asamblea general?

    Es el documento con el que se cita a los socios de un club deportivo a la asamblea general, el órgano supremo del club. La mayoría de los clubes son asociaciones privadas sin ánimo de lucro y se rigen por la ley del deporte de su comunidad autónoma, por sus estatutos y, supletoriamente, por la Ley Orgánica 1/2002.

    Ordinaria o extraordinaria

    • Ordinaria: al menos una vez al año, para aprobar las cuentas (art. 11.3 LO 1/2002) y, según los estatutos, el presupuesto, las cuotas y la memoria.
    • Extraordinaria: para modificar los estatutos, elegir o cesar a la junta directiva, disponer de bienes, disolver el club u otros asuntos que lo requieran, o cuando lo pidan los socios en el número previsto.

    ¿Qué debe incluir?

    • El órgano que convoca y la fecha del acuerdo.
    • Tipo de asamblea, fecha, hora (primera y segunda convocatoria) y lugar.
    • El orden del día, con todos los asuntos sobre los que se votará.
    • La documentación disponible y dónde consultarla.
    • Las reglas de asistencia, delegación y voto.

    Plazos y forma

    Lo fijan los estatutos y, en su caso, la normativa autonómica. Si los estatutos no dicen nada, la Ley Orgánica 1/2002 exige convocar con quince días de antelación, y la asamblea queda constituida con la asistencia, presentes o representados, de un tercio de los socios (art. 12.c). La segunda convocatoria y su quórum dependen de lo que prevean los estatutos. Se recomienda enviarla individualmente a cada socio y publicarla en el tablón del club.

    ¿Qué hay que hacer después?

    • Celebrar la asamblea y levantar acta firmada por secretario y presidente.
    • Si se modifican estatutos o cambia la junta directiva, comunicarlo al registro de entidades deportivas y, en su caso, a la federación.
    • Conservar prueba de la convocatoria.

    Derecho aplicable

    • Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte.
    • Ley del deporte de tu comunidad autónoma y su normativa de entidades deportivas.
    • Ley Orgánica 1/2002, reguladora del Derecho de Asociación (arts. 11 y 12, supletoriamente).
    • Estatutos y reglamentos del club.

    Ayuda de un abogado

    Si tienes dudas o tu caso tiene particularidades, puedes pedir que un abogado revise el documento o te asesore en el trámite. Al terminar de rellenar el modelo se te ofrecerá esta opción (desde 150 €, según la complejidad).

    ¿Cómo modificar el modelo?

    Rellenas un cuestionario y el documento se va redactando ante tus ojos en función de tus respuestas. Al terminar lo descargas en Word y PDF, y puedes modificarlo y volver a utilizarlo cuantas veces quieras.

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