Jurisprudencia

Resoluciones comentadas por jurisdicción, con su referencia completa. Elige la materia:

Sentencias recientes del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) con repercusión directa en España: empleo público temporal, ley de amnistía, cláusulas abusivas, fraude bancario y cuestión prejudicial. Los jueces españoles deben aplicar esta jurisprudencia (art. 4 bis LOPJ), por lo que conviene conocerla.

Últimas resoluciones

Actualizado en octubre de 2026

2026TJUEConsumidores

STJUE de 15 de octubre de 2026, asunto C-70/25, Tukowiecka

Phishing: el banco debe devolver primero y discutir la negligencia después

De qué trata: un banco polaco se negó a reembolsar a una clienta víctima de phishing alegando su negligencia grave.

Qué decide: ante una operación no autorizada, la entidad debe reembolsar de inmediato, a más tardar al final del día hábil siguiente. No puede retener el dinero solo por alegar negligencia grave: si la aprecia, debe reclamar después y probarla. La única excepción son las sospechas razonables de fraude del propio usuario comunicadas por escrito a la autoridad competente.

Por qué importa: en España afecta a la aplicación de los arts. 45 y 46 del Real Decreto-ley 19/2018, de servicios de pago, y traslada al banco la carga de iniciar el litigio.

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2026TJUECláusulas abusivas

STJUE de 24 de septiembre de 2026, asunto C-900/24, SVB (Glarner)

Ningún plazo puede consolidar lo cobrado con una cláusula abusiva

De qué trata: la jurisprudencia alemana impedía al cliente de calefacción urbana impugnar las subidas de precio no recurridas en tres años y permitía al proveedor reescribir la cláusula de revisión declarada abusiva.

Qué decide: ambas soluciones son contrarias a la Directiva 93/13/CEE. El juez debe dejar sin aplicar la cláusula abusiva, sin modificar su contenido, y el contrato subsiste sin ella; solo puede integrarse con Derecho dispositivo para evitar una nulidad total que perjudique al consumidor.

Por qué importa: aunque la cuestión vino de Alemania, refuerza la línea seguida en España sobre el inicio del plazo para reclamar (gastos hipotecarios y similares).

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2026TJUECuestión española

SSTJUE de 16 de julio de 2026, asuntos C-523/24, Sociedad Civil Catalana, y C-666/24, ACVOT

La ley de amnistía es compatible con el Derecho de la Unión

De qué trata: cuestiones planteadas por el Tribunal de Cuentas y la Audiencia Nacional sobre la Ley Orgánica 1/2024, de amnistía, en relación con los intereses financieros de la Unión, la tutela judicial efectiva y la Directiva de lucha contra el terrorismo.

Qué decide: no aprecia afectación de los intereses financieros de la UE por los gastos del procés, considera que la amnistía no vulnera la igualdad ni debilita la Directiva antiterrorista y que definir en abstracto las graves violaciones de derechos humanos excluidas no infringe la seguridad jurídica. Sí objeta el plazo de dos meses impuesto a los jueces y el levantamiento de medidas cautelares mientras se tramitan las cuestiones prejudiciales.

Por qué importa: condiciona la aplicación de la amnistía por los tribunales españoles, con la malversación como cuestión principal aún abierta.

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2026TJUEExtranjería

STJUE (Sala Tercera) de 16 de julio de 2026, asunto C-26/25, Bukla

Retorno de extranjeros con familia europea y primacía frente al tribunal superior

De qué trata: una decisión de retorno contra un nacional de un tercer país con familiares ciudadanos de la Unión, basada en información clasificada.

Qué decide: deben valorarse las consecuencias sobre la vida familiar y los hijos menores, y la decisión debe poder recurrirse; un dictamen no motivado no basta por sí solo. Además, el juez nacional debe aplicar el Derecho de la Unión aunque su tribunal superior haya fijado otra interpretación.

Por qué importa: útil en procedimientos españoles de expulsión y retorno, y recordatorio sobre la primacía del Derecho de la UE frente a la doctrina interna.

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2026TJUECuestión española

STJUE de 14 de abril de 2026, asunto C-418/24, Obadal

Interinos: el «indefinido no fijo» no basta para sancionar el abuso

De qué trata: cuestión planteada por la Sala de lo Social del Tribunal Supremo en el caso de una cuidadora de un centro educativo de la Comunidad de Madrid con seis contratos de interinidad sucesivos desde 2016.

Qué decide: ni la conversión en indefinido no fijo, que mantiene la temporalidad, ni las indemnizaciones tasadas con doble tope, que solo se pagan al cubrirse la plaza, son medidas suficientes para prevenir y sancionar el abuso (cláusula 5 del Acuerdo Marco anexo a la Directiva 1999/70/CE).

Por qué importa: tras ella, el Pleno de la Sala de lo Social del TS (sentencia de 11 de mayo de 2026) descartó la fijeza automática del personal laboral, pero reconoció una compensación adicional por daños derivados del abuso.

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2026TJUEProceso

STJUE de 24 de marzo de 2026, asunto C-767/23, Remling · ECLI:EU:C:2026:243

Los tribunales de última instancia deben motivar por qué no preguntan al TJUE

De qué trata: un órgano neerlandés de última instancia rechazó con una fórmula genérica plantear una cuestión prejudicial.

Qué decide: si una parte invoca el Derecho de la Unión, el tribunal que no plantea la cuestión debe explicar de forma específica y verificable qué excepción de la doctrina Cilfit aplica.

Por qué importa: afecta a las inadmisiones de casación en España por providencia sucintamente motivada (art. 90.3 LJCA) cuando se ha alegado Derecho de la UE.

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Archivo de resoluciones comentadas

2020TJUE

STJUE de 17 de diciembre de 2020, asunto C-490/19

Denominación de origen protegida y copia de la apariencia del producto

De qué trata: si la protección de una DOP alcanza a la reproducción de la forma o apariencia del producto, y no solo a su nombre.

Qué decide: puede prohibirse esa reproducción cuando induzca a error al consumidor, valorando todos los factores relevantes, incluida la forma de presentación y venta del producto.

Por qué importa: amplía la protección de las DOP, de interés para los productos españoles con denominación de origen.

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2020TJUE

STJUE de 17 de diciembre de 2020, asunto C-449/19

El suministro de calor por una comunidad de propietarios está sujeto a IVA

De qué trata: si la comunidad que suministra calefacción a sus miembros realiza una actividad económica sujeta al impuesto.

Qué decide: sí está sujeta a IVA, y no le es aplicable la exención de los arrendamientos de bienes inmuebles prevista en la Directiva del IVA.

Por qué importa: relevante para comunidades con servicios centralizados de energía.

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Resúmenes orientativos elaborados por Fundamentos Jurídicos. Consulta siempre el texto íntegro de la resolución. Última revisión: octubre de 2026.

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