Jurisprudencia

Resoluciones comentadas por jurisdicción, con su referencia completa. Elige la materia:

Selección de sentencias de la Sala de lo Social (Sala 4.ª) del Tribunal Supremo con impacto práctico en las relaciones laborales y en la Seguridad Social: despido, teletrabajo, permisos, nóminas, sucesión de empresa y prestaciones.

Cada ficha explica de qué trata el asunto, qué decide el Tribunal y por qué conviene conocerlo. Debajo se mantiene el archivo de resoluciones comentadas en años anteriores, con notas sobre los cambios normativos posteriores.

Últimas resoluciones

Actualizado en octubre de 2026

2026Tribunal Supremo · Sala 4.ª

STS 608/2026, de 1 de julio (rec. 131/2025) · ECLI:ES:TS:2026:3071

Teletrabajo pactado individualmente: la empresa no puede reducirlo por la vía del artículo 41 ET

De qué trata: conflicto colectivo contra una empresa que, tras vencer el acuerdo colectivo de teletrabajo, rebajó del 100 % al 75 % el porcentaje de trabajo a distancia de su plantilla con discapacidad.

Qué decide: el cambio no puede imponerse como modificación sustancial de condiciones con periodo de consultas; los acuerdos individuales de teletrabajo solo se alteran con el consentimiento de cada trabajador (art. 8.1 de la Ley 10/2021). Declara nula la alteración respecto de quienes no la aceptaron.

Por qué importa: refuerza el carácter voluntario y reversible solo por acuerdo del trabajo a distancia, aunque haya decaído el pacto colectivo que lo amparaba.

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2026Tribunal Supremo · Sala 4.ª

STS 602/2026, de 1 de julio (rcud 2656/2025) · ECLI:ES:TS:2026:3063

El paro cobrado durante un ERTE-Covid no genera un nuevo periodo de cotización para otra prestación

De qué trata: un trabajador pretendía que el tiempo en que percibió desempleo por la suspensión de su contrato en un ERTE-Covid se computara como ocupación cotizada para lucrar una nueva prestación contributiva.

Qué decide: estima el recurso del SEPE. Esos periodos no sirven para generar un nuevo derecho; las medidas excepcionales de la pandemia (exoneración de cuotas, «contador a cero») no crean un «paréntesis» ni alteran la regla general.

Por qué importa: consolida la doctrina del Pleno (STS 980/2023) y cierra la vía de numerosas reclamaciones pendientes sobre el cómputo de los ERTE-Covid.

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2026Tribunal Supremo · Sala 4.ª

STS 610/2026, de 1 de julio (rcud 2471/2025) · ECLI:ES:TS:2026:3066

Reversión de la limpieza a la Administración: no hay subrogación si no se asume plantilla ni medios

De qué trata: una Administración autonómica dejó de contratar la limpieza de un centro educativo y pasó a prestarla con personal propio. La contratista saliente sostenía que la Administración debía quedarse con una limpiadora.

Qué decide: no existe obligación de subrogación. El convenio sectorial de limpieza no vincula a la Administración y no hay sucesión del art. 44 ET porque no se transmitió una entidad económica ni una parte relevante de la plantilla. El art. 130.3 LCSP no altera esa conclusión.

Por qué importa: aclara el reparto de riesgos laborales cuando un servicio externalizado vuelve a gestión directa pública.

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2026Tribunal Supremo · Sala 4.ª

STS 547/2026, de 16 de junio (rec. 97/2025) · ECLI:ES:TS:2026:2661

Permisos, suspensiones e incapacidad temporal no pueden restar un premio por asistencia

De qué trata: un convenio concedía un día extra de descanso por cada semestre de asistencia ininterrumpida, computando solo el trabajo efectivo, las vacaciones y los descansos.

Qué decide: no pueden penalizar el premio, entre otros, los permisos por enfermedad grave u hospitalización de familiares, la fuerza mayor familiar, el permiso parental, las suspensiones por nacimiento y cuidado (art. 48.4 a 8 ET) ni la incapacidad temporal. Sí pueden descontarse otros permisos como el de matrimonio o mudanza. La cláusula discriminatoria se corrige reconociendo el derecho, sin anular el convenio.

Por qué importa: obliga a revisar los pluses y premios de «absentismo» de los convenios a la luz de la igualdad y la corresponsabilidad.

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2026Tribunal Supremo · Sala 4.ª

STS 285/2026, de 24 de marzo · ECLI:ES:TS:2026:1464

La nómina debe permitir al trabajador entender y comprobar lo que cobra

De qué trata: conflicto colectivo sobre el modelo de recibo de salarios de una gran empresa pública, que enumeraba conceptos e importes sin explicar variables, atrasos ni incidencias.

Qué decide: confirma que ese modelo no respeta la «debida claridad y separación» del art. 29.1 ET. La nómina debe desglosar los conceptos variables, los atrasos y las incidencias (IT, huelga, licencias), con las fechas de devengo y los días abonados; el trabajador no tiene que reconstruir los cálculos.

Por qué importa: la nómina deja de ser un mero resumen: es un documento de información y control que puede exigirse por vía colectiva.

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2026Tribunal Supremo · Sala 4.ª

STS 255/2026, de 11 de marzo (rcud 1726/2025) · ECLI:ES:TS:2026:1363

Jubilación forzosa pactada en el contrato individual: cláusula nula y despido nulo

De qué trata: un directivo excluido del convenio tenía en su contrato una cláusula de jubilación obligatoria (primero a los 65 y luego a los 67 años), que la empleadora pública aplicó para extinguir la relación.

Qué decide: la cláusula es discriminatoria por edad. La jubilación forzosa solo cabe por convenio colectivo y vinculada a objetivos de política de empleo (disp. adic. 10.ª ET); no puede pactarse individualmente. La extinción es un despido nulo con readmisión.

Por qué importa: las cláusulas de jubilación obligatoria en contratos de alta dirección o personal fuera de convenio carecen de validez.

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Archivo de resoluciones comentadas

2020Tribunal Supremo · Sala 4.ª

STS 737/2020, de 8 de septiembre

Despido objetivo de una trabajadora embarazada por insuficiencia presupuestaria del empleador público

De qué trata: extinción por causas económicas de una trabajadora embarazada al servicio de una entidad pública que acreditó un endeudamiento sobrevenido.

Qué decide: la insuficiencia presupuestaria sobrevenida, acreditada con datos económicos, basta para justificar el despido objetivo, que se declara procedente.

Por qué importa: recuerda que el embarazo no impide el despido cuando la causa es real y ajena a él; si no se acredita, la calificación es de nulidad (art. 53.4 ET).

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2020TSJ Cantabria · Social

STSJ Cantabria 635/2020, de 15 de octubre

Conciliación familiar y «jornada a la carta» (art. 34.8 ET)

De qué trata: solicitud de adaptación de jornada para el cuidado de un hijo menor.

Qué decide: el art. 34.8 ET no da un derecho a modificar unilateralmente el contrato, sino un derecho a negociar de buena fe: el trabajador propone y la empresa debe responder con ofertas reales; si no hay acuerdo, solo puede denegar por razones organizativas suficientes.

Por qué importa: tras el Real Decreto-ley 5/2023 el precepto se ha reforzado: el proceso de negociación no puede superar quince días, la respuesta de la empresa debe ser escrita y, si es negativa, basada en razones objetivas; además, el trabajador puede volver a su jornada anterior cuando cesen las causas o pase el periodo acordado.

2020Tribunal Supremo · Sala 4.ª

STS 1086/2020, de 9 de diciembre

Goteo de despidos y despido colectivo encubierto

De qué trata: si las extinciones producidas en los 90 días anteriores y posteriores a un despido individual encubrían un despido colectivo fraudulento (art. 51.1 ET).

Qué decide: examina los ceses de esos periodos de referencia y concluye que no se ha probado una estrategia fraudulenta para eludir los umbrales del despido colectivo.

Por qué importa: el cómputo por periodos de 90 días es la herramienta para detectar el fraude por «goteo»; quien lo alega debe acreditar el número y la naturaleza de las extinciones.

2020Tribunal Supremo · Sala 4.ª

STS 897/2020, de 13 de octubre

Accidente de trabajo: caída en el aparcamiento de la empresa durante el descanso

De qué trata: lesiones sufridas por un trabajador al resbalar en el parking de la empresa durante su pausa.

Qué decide: es accidente de trabajo y debe atenderlo la mutua, porque existe un nexo directo entre la situación del trabajador, el tiempo y el lugar de trabajo.

Por qué importa: las pausas dentro de la jornada y en espacios de la empresa no rompen la conexión con el trabajo (art. 156 LGSS).

Resúmenes orientativos elaborados por Fundamentos Jurídicos. Consulta siempre el texto íntegro de la resolución. Última revisión: octubre de 2026.

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