Incluso en caso de ser absuelto o sobreseido por falta de pruebas, el encarcelamiento temporal también puede compensar a la parte afectada.
Así lo decidió el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (CEDH), que corrigió el estándar de interpretación del artículo 294 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que hasta ahora mantenia el Tribunal Supremo.
En el supuesto caso Vlieeland Boddy y Marcelo Lanni vs. España-El TEDH revisó las denuncias de dos ciudadanos contra el estado. En el primer caso, con más de un mes en prisión temporal, la persona fue absuelta. En el segundo caso, la víctima fue liberada después de cumplir 14 días de prisión, cuando se acordó el sobreseimiento provisional por falta de pruebas.
Ambos exigieron al Estado español una compensación por el tiempo pasado en prisión. En ambos casos, el gobierno y el tribunal rechazaron sus reclamación, lo que desembocó en una demanda ante el TEDH invocando violación del derecho a la presunción de inocencia
La Corte Europea de Derechos Humanos señaló en su sentencia del 16 de febrero que no existe diferencia cualitativa entre una absolución por constatar la inocencia y un veredicto de inocencia por falta de pruebas. Dijo: “No se considera razonable exigir a una persona que proporcione pruebas de su inocencia en el marco del procedimiento de indemnización por detención temporal y revela un ataque a la presunción de inocencia”.
La resolución europea aboga por no diferenciar el hecho de que un caso se trate de absolución y otro de sobreseimiento
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