El Supremo en su sentencia de 11 de febrero de 2020, STS 725/2020E CLI: ES:TS:2020:725 ha estimado que el síndrome de túnel carpiano es enfermedad profesional en las camareras de piso. La Unión Sindical Obrera (USO ) reclama una reforma de la normativa de enfermedades profesionales, para evitar que sigan ocultas
En la sentencia, el Tribunal Supremo deja claro que aunque la profesión de camarera de pisos no esté recogida en el cuadro del RD 1299/2006 en la enumeración de profesiones vinculadas a esta dolencia, “no excluye, en modo alguno, que el síndrome del túnel carpiano asociado a las tareas que componen el haz profesional (en este caso de una camarera de pisos) pueda conllevar la calificación de enfermedad profesional”.