Una de las principales medidas incluidas en el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19 es la posibilidad de solicitar a la entidad financiera o aseguradora correspondiente una retirada de parte de los ahorros que se encuentran en planes de pensiones o similares sin penalización alguna. En todo caso, se debe cumplir con una serie de requisitos económicos relacionados con el coronavirus para poder presentar esta solicitud.
- ¿En qué tipo de planes o seguros se podrán retirar los ahorros?
Se podrán retirar los ahorros incluidos en planes de pensiones en los que el solicitante sea el partícipe o beneficiario, independientemente de la entidad encargada de su gestión y del tipo o características concretas del plan de pensiones.
Legislación aplicable
Este documento cumple con los requisitos establecidos en la Disposición Adicional Vigésima del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.
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