LA LESIÓN SUFRIDA DURANTE LA PAUSA DEL «BOCADILLO» ES CONSIDERADA ACCIDENTE LABORAL POR EL TS.
La Sala 4ª del Tribunal Supremo ya dictó una sentencia en la que consideraba accidente laboral la lesión cardiovascular que sufrió de manera súbita, un trabajador durante el descanso de la “pausa del bocadillo”, al estar incluido en la jornada laboral según el convenio de su empresa.
El Alto Tribunal señaló que el «breve descanso transcurrido durante el que sobreviene la lesión es tiempo de trabajo tanto a efectos de la jornada (por previsión convencional) como de la presunción de laboralidad, recogida en el art. 156.3 de la Ley General de la Seguridad Social; el cual anuncia que, “se presumirá, salvo prueba en contrario, que son constitutivas de accidente de trabajo las lesiones que sufra el trabajador durante el tiempo y en el lugar del trabajo”.
Pues bien, y aquí viene la pregunta que me habéis formulado mucho de mis alumnos; ¿y qué ocurriría si los hechos hubiesen transcurrido fuera del centro de trabajo?
Hay una teoría que utiliza el Alto Tribunal «la teoría de la ocasionalidad relevante”. Este criterio jurisprudencial utilizado en las SSTS 18/04/1914, 28/04/1926 y 05/12/1931, se caracteriza por una circunstancia negativa y otra positiva; la negativa es que los factores que producen el accidente no son inherentes o específicos del trabajo; y la positiva es que o bien el trabajo o bien las actividades normales de la vida de trabajo hayan sido condición sin la que no se hubiese producido la exposición a los agentes o factores lesivos determinantes de aquella.
Es decir, que si un trabajador se accidenta al salir de su lugar de trabajo, dentro del tiempo que legalmente tenga previsto para “tomar café”, como actividad habitual y ademas normal en cualquier empleo; Si analizamos el nexo causal, primera condición «el trabajo» sin el cual no se hubiera producido el suceso (el accidente), vemos que el Nexo casual, entre el trabajo y el accidente, nunca se ha roto, porque la pausa era necesaria, y la utilización de los quince minutos, por ejemplo para tomar el café por el trabajador se produjeron con criterios de total normalidad”.